Ministro Cordero descartó "algún antecedente que suponga que el presidente indultó a personas equivocadas"
El entrante ministro de Justicia, Luis Cordero, se refirió a la polémica por los indultos que otorgó el presidente Gabriel Boric, y descartó que exista algún antecedente que indique que se entregó este beneficio "a personas equivocadas".
En entrevista con El Mercurio, el secretario de Estado aseguró que "si uno mira 'los papelitos' (los documentos), hasta ahora, desde el punto de vista del procedimiento, son carpetas tramitadas de conformidad a las formas generales de gestión de los indultos".
"Quiero descartar que exista algún antecedente que suponga que el Presidente indultó a personas equivocadas, esta idea de que se habrían emitido decretos de indulto con error", declaró Cordero.
En ese sentido, el encargado de Justicia y Derechos Humanos afirmó que las "desprolijidades" a las que se refirió Boric son expresiones "muy focalizadas desde el punto de vista de la evaluación política, y explica por qué yo estoy acá. Pero otras son las consideraciones jurídicas, y jurídicamente los expedientes administrativos están tramitados de conformidad a la ley".
Por lo anterior, señaló que "desde el punto de vista de la tramitación procedimental, no hay algo que pueda decir que ese concepto de desprolijidad se traduzca jurídicamente en un efecto concreto".
Ministro Cordero sobre los indultos: "La ley impide revocar actos declarativos"
Consultado sobre si es posible revertir los indultos, el ministro Cordero explicó que "la respuesta legal es que los actos administrativos que se emiten y ya han producido sus efectos y se han agotado de hecho, porque ya se ejecutaron, no pueden ser ya retirados por razones de mérito, que es el caso de la revocación".
"De hecho, la ley impide revocar actos declarativos de derecho, que es lo que pasa en estos casos", recalcó.
Sin embargo, Luis Cordero sostuvo que "podría, potencialmente, si yo encontrara un vicio, dejarlo sin efecto por otra figura, la invalidación; pero para eso tengo que identificar el vicio y que sea uno que justifique que se declare la nulidad del acto".