Convención aprobó artículos que ponen fin a las cárceles concesionadas y Juzgados de Policía Local
Fotografía: Contexto

Convención aprobó artículos que ponen fin a las cárceles concesionadas y Juzgados de Policía Local


Por Alvaro Sandoval | 23 Marzo 2022 10:32
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Durante este martes, el pleno de la Convención Constitucional aprobó 18 artículos de la comisión de Sistema de Justicia, los cuales pasaron al borrador de la nueva Constitución.

Entre los principales destaca la creación de la "Justicia Vecinal" donde se crearán juzgados en cada municipalidad con el fin de poner fin a los conflictos entre vecinos, reemplazando así a los actuales Juzgados de Policía Local.

El artículo establece que “en cada comuna del país que sea asiento de una municipalidad habrá, a lo menos, un juzgado vecinal que ejerce la función jurisdiccional respecto de todas aquellas controversias jurídicas que se susciten a nivel comunal que no sean competencia de otro tribunal y de los demás asuntos que la ley les encomiende, conforme a un procedimiento breve, oral, simple y expeditos”.

Según la norma, la justicia vecinal se compone por juzgados vecinales y centros de justicia vecinal. Estos últimos son “órganos encargados de promover la solución de conflictos vecinales y de pequeña cuantía dentro de una comunidad determinada por ley, en base al diálogo social, la paz y la participación de las partes involucradas”. 

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El convencional e integrante de la Comisión sobre Sistemas de Justicia, Mauricio Daza, indicó que la justicia vecinal "es avanzar en una justicia centrada en la ciudadanía, estos tribunales van a reemplazar a los juzgados de policía local y la idea que lo hagan es respetando los derechos adquiridos de los funcionarios y jueces de estos tribunales. Nuestra idea no es afectar a quienes hoy trabajan en los tribunales. El objetivo es rediseñar este sistema de una manera que sea beneficioso para toda la ciudadanía".

La Convención también aprobó artículos que ponen fin a las cárceles concesionadas. Se estableció que “sólo el Estado puede ejecutar el cumplimiento de penas y medidas privativas de libertad, a través de instituciones públicas especialmente establecidas para estos fines”, especificando que esta “función no podrá ser ejercida por privados”.

El artículo aprobado al respecto determina que los establecimientos penitenciarios deben contar con espacios para el estudio, trabajo, deporte, las artes y las culturas, "para la inserción, integración y reparación de las personas privadas en libertad".

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