Las casas de apuestas en línea operan desde hace unos años en Chile, habiendo pasado por varios tipos de vacíos legales y luego regulaciones legales. Sobre esto, Carlos Baeza, abogado y representante de la Agrupación de Plataformas de Apuestas en Línea, conversó este miércoles en el programa Código Chile.
El marco legal bajo el cual se rigen las casas de apuestas digitales actualmente sigue siendo analizada y modificada constantemente. Por ello, el profesional explicó que “estamos en un proceso que avanza lentamente, y hay muchas cosas que a la opinión pública le cuesta entender. Eso hace que la situación para muchas personas sea un poco confusa, pero la sensación es que estamos avanzando”.
En concreto, según Baeza, “estamos en un mercado no regulado y, claramente, es una situación que tiene que cambiar. Siempre pongo el ejemplo: ‘¿qué pasaría si de la noche a la mañana elimináramos la regulación del Mercado Financiero, la Ley General de Bancos o la Ley de Mercado de Valores?’ Tendríamos bancos en todas las esquinas, préstamos con intereses descontrolados y muchos problemas. Eso es lo que ocurre hoy día en el mundo de las apuestas en línea”.
Un importante hito para el rubro en el país fue la implementación del cobro del 19% de IVA a las plataformas, a través de la “Resolución N°69”. Esta medida, según Baeza, derrumba el ‘mito’ de que las apuestas digitales sean ilegales.
“Esto ocurre porque, precisamente, esta actividad no es ilícita. Hay un efecto, basado en el respeto que los chilenos tenemos de nuestras instituciones. Cuando hubo un fallo de la Corte Suprema que sostiene que esta era una actividad ilegal, la opinión pública se queda con esa idea y con la palabra”, explicó.
“No compartimos para nada esa opinión respecto de que esta es una actividad ilegal. De hecho, no hay absolutamente ninguna ley en Chile que establezca eso. El fallo de la corte habla de que esta es una actividad proscrita (…) pero no hay ninguna norma que establezca esta prohibición”, agregó.
En esta línea, argumentó que “es un fallo que no comparte la doctrina. No hay ningún informe de ningún experto que sostenga lo mismo que la Corte. Por lo tanto, la opinión generalizada es que es una actividad no regulada, pero no prohibida”.
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