La Cámara de Diputados aprobó el permiso para que Gabriel Boric viaje fuera de Chile entre el 15 y el 20 de abril y nuevamente entre el 16 de mayo y el 3 de junio de 2026, una autorización obligatoria por norma constitucional que terminó marcada por momentos de tensión política durante la votación.
El ex mandatario viajará el 18 de abril a Barcelona, España, donde participará en el encuentro internacional “En Defensa de la Democracia”, instancia a la que fue invitado por el Gobierno español en su calidad de ex presidente.
Este viaje requiere aprobación del Congreso durante los primeros meses tras dejar el cargo. En este caso, la solicitud se aprobó con 106 votos a favor, mientras que 5 parlamentarios votaron en contra y se registraron 2 abstenciones.
¿Quiénes votaron en contra del permiso a Gabriel Boric?
Dentro de los 5 diputados que rechazaron la autorización para que el ex Presidente viaje fuera del país se encuentran René Alinco Bustos, Sergio Bobadilla Muñoz, Diego Vergara Rodríguez, Enrique Bassaletti Riess y Daniel Lilayu Vivanco, quienes marcaron una postura crítica frente a la salida internacional del exjefe de Estado en este periodo.
Tensión en la Cámara por dichos contra Boric
Uno de los momentos más tensos de la jornada se produjo durante la intervención del diputado UDI, Sergio Bobadilla, quien lanzó una frase que encendió el ambiente en la sala. “El expresidente de la República está pidiendo autorización para ausentarse del país. Yo hago la sugerencia, démosle permiso, pero sin retorno”, afirmó el parlamentario, provocando diversas reacciones.
La situación obligó a la vicepresidenta de la Cámara, Ximena Ossandón, quien presidía la sesión, a intervenir de inmediato, indicando “Yo creo que no corresponde, diputado Bobadilla, su comentario”.
¿Por qué Gabriel Boric necesita permiso para salir de Chile?
La normativa chilena establece que, durante los 6 meses posteriores al término de su mandato, un expresidente no puede salir del país sin autorización de la Cámara de Diputados, tal como lo indica el artículo 52 de la Constitución.
Esta medida responde a una atribución exclusiva del Congreso, relacionada con la posibilidad de impulsar una acusación constitucional contra un ex jefe de Estado por actos realizados durante su periodo de Gobierno, lo que exige estar dentro del territorio nacional.
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