Probablemente tras leer el titular pienses que la norma pudiera estar demás porque según la visión popular “un carabinero siempre es carabinero” incluso de franco o libre, pero no siempre pueden andar con un arma.
De hecho y en rigor “la ley limita el porte de armas de servicio a situaciones oficiales y dentro del horario laboral”, se afirma en un comunicado de la cámara de diputados y diputadas.
Autorización de portar arma en todo momento y lugar “pretende otorgar certeza jurídica”
El proyecto de ley que hoy se tramita en el Congreso señala que, si bien existen disposiciones reglamentarias en la institución, para posibilitar el porte de armas de servicio en horario “de franco”, es necesario que dicha autorización se radique en una norma de mayor jerarquía.
Ello, con el objeto de entregar certeza jurídica respecto de las acciones de funcionarios a los que el Estado mandata, expresamente, ejercer el uso de la fuerza legítima como garantes del deber de mantener el orden y la seguridad de la comunidad en general.
Por 82 votos a favor, 20 en contra y 3 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó en general el proyecto que modifica la Ley 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, para autorizar a sus funcionarios el porte permanente de armas de cargo.
El texto establece que Carabineros deberá proporcionar a cada uno de sus funcionarios un arma de cargo, la que será de propiedad fiscal y se entregará para su tenencia y porte permanente, dentro y fuera de las reparticiones de la institución.
Dicho armamento será de uso exclusivo e intransferible de cada integrante de la institución y sobre ellos recaerá la responsabilidad de su cuidado y custodia. Las características de estas armas, los requisitos para su uso y los protocolos de su manejo, custodia y eventual devolución serán regulados por un reglamento.
La iniciativa retornó a la Comisión de Defensa para su discusión particular, debido a la presentación de indicaciones.
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