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Caso Bayron Moscoso: Las explicaciones de la Fiscalía del Biobío para no imputar por homicidio el asesinato de un militar en Tomé

La Fiscalía se refirió a la determinación de la justicia que modificó el delito en el caso por la muerte del conscripto Bayron Moscoso, ocurrida en 2022, en Tomé
Por | 2025-11-14T07:19:00

Con sorpresa reaccionaron en la Fiscalía, tras el veredicto condenatorio del Tribunal Oral en lo Penal de Concepción en el caso por la muerte de Bayron Moscoso.

El joven, de entonces 24 años, falleció en julio de 2022 tras un ataque en medio de una riña durante una fiesta en la que participaba en el sector de Cocholgüe, en Tomé.

Según los antecedentes que constan en la carpeta investigativa, el condenado, identificado como Vicente Betancourt Pérez, apuñaló a la víctima con un objeto cortopunzante. Esto provocó una herida penetrante torácica que afectó órganos vitales y le causó la muerte.

En el juicio oral, que finalizó la semana pasada, el Tribunal decidió recalificar el delito por el cual había acusado la Fiscalía, de lesiones menos graves a homicidio simple. Delito distinto tambien al de la querella que presentó la familia de Bayron, que era por homicidio calificado.

Desde el Ministerio Público explicaron a SABES que la diferencia en los criterios para definir los delitos se debió a que “llegamos al juicio oral con una convicción basada en las evidencias y testimonios reunidos durante la investigación realizada con la Brigada de Homicidios de la PDI. Nuestra teoría del caso se tradujo en una acusación por lesiones graves, pero el Tribunal Oral de Concepción condenó por una figura penal diferente”.

Complementaron que “las razones que fundan esa determinación no las conocemos en este momento, ya que la sentencia aún no se ha comunicado. Cuando eso ocurra tendremos más elementos para comprender la decisión de los jueces”.

Fiscalía sostiene que condenado no tuvo que ver en la muerte de Bayron Moscoso

Desde la Fiscalía, recalcaron que “el desarrollo de este juicio demuestra el correcto funcionamiento del sistema de justicia penal, ya que los intervinientes presentaron al Tribunal Oral tres posturas distintas (absolución, lesiones graves y homicidio calificado), y los jueces se formaron la convicción de una cuarta figura, que corresponde al homicidio simple, decisión que respetamos”.

En el Ministerio Público tienen la convicción que “de acuerdo con la reconstrucción de lo ocurrido el día de los hechos, consideramos que el autor material del homicidio fue un imputado que posteriormente falleció en un contexto diferente a los sucesos que fueron materia de la presente causa”.

En base a lo anterior, explican desde el ente persecutor que “el acusado que llevamos a juicio oral, de acuerdo con nuestra teoría del caso, tuvo participación en el delito de lesiones graves contra la víctima”.

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