Editorial: Por primera vez se cayeron varias candidaturas por ser deudores de alimentos
Fotografía: Pixabay y Agencia Uno

Editorial: Por primera vez se cayeron varias candidaturas por ser deudores de alimentos


Por Hugo Varela | 12 Agosto 2024 12:37
COMPARTIR

El tema de los padres que adeudaban pensión de alimentos a sus hijos en Chile hasta hace algunos años era una institución. Sin embargo, de un tiempo a esta parte el tema ha cambiado y hoy en nuestro país los deudores o mal llamados papitos corazón están siendo acorralados.

La semana pasada nos correspondió renovar la licencia de conducir en la Municipalidad de Talcahuano y en medio de la sala de la dirección de tránsito se podía leer claramente un mensaje donde se advertía con letras grandes que los deudores de pensión alimenticia no podrán sacar el documento.

El 21 de mayo del año pasado se promulgó la Ley de Responsabilidad Parental que hizo un listado con las prohibiciones para los y las deudoras de alimentos. Desde ese momento hasta marzo de este año según cifras de la Superintendencia de Pensiones, se han realizado 49.604 operaciones de pago por concepto de pensiones. Los pagos alcanzaron un total de 162.731 millones de pesos con cargo a los fondos de pensiones de deudores de alimentos hasta el 16 de febrero de 2024, cifra que en menos de tres meses triplicó los 52 mil millones registrados en noviembre de 2023. O sea, la ley funciona.

A saber, los deudores de alimentos no pueden: obtener crédito de 50 UF o más, no pueden vender o traspasar vehículos, se les pueden retener remuneraciones, no pueden sacar licencia de conducir, ni tampoco ser candidatos.

Sabía usted que el Servicio Electoral por primera vez no dejó seguir adelante varias postulaciones a las próximas elecciones de octubre debido a que algunos de los candidatos eran deudores de pensión alimenticia.

Hubo postulantes a Alcaldes en Florida, Laja y Talcahuano cuyas candidaturas fueron objetadas porque "el candidato tenía una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, según el artículo 36 inciso 2 de la ley 14.908".

También se cayeron candidatos a concejales y Cores en circunscripciones de Biobío y Concepción 2... Obvio que una autoridad que va a representar los intereses de sus comunidades no puede tener deudas de pensiones de alimentos, así como creemos también no puede estar siendo requerido por la justicia. Como ciudadanos no pedimos santos en los puestos de responsabilidad público, pero al menos que no tengan deudas pendientes con la justicia y menos con sus hijos.

Revisa más noticias de la Región del Biobío. Síguenos en Facebook para estar al tanto del día a día penquista. También en nuestro Instagram para ver fotografías con datos de contingencia nacional y del Gran Concepción.

ETIQUETAS: