Logran primera condena por femicidio no íntimo en Chile: ¿En qué consiste y cuál fue el caso?
Fotografía: Contexto | Agencia Uno

Logran primera condena por femicidio no íntimo en Chile: ¿En qué consiste y cuál fue el caso?


Por Maria Ruiz | 17 Mayo 2023 18:23
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Este miércoles 17 de mayo, se logró la primera condena por femicidio no íntimo en Chile por el crimen de una mujer, que fue asesinada en julio del 2020, en la localidad de Doñihue, en la Región de O'Higgins. El autor del hecho además le prendió fuego a la casa donde residía la mujer.

Así lo indicó el fiscal de Rancagua, Jorge Mena, quien precisó que el individuo le dio muerte "a raíz de las circunstancias de su oficio" y posterior a ello, amenazó a su pareja y su hijastro. En el mismo contexto, él le prendió fuego a la vivienda.

En rigor, el sujeto fue condenado por cuatro delitos: femicidio no íntimo, incendio, lesiones menos graves y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar. El fiscal Mena dijo que el tribunal, en este caso, "llegó a la convicción que los hechos que dieron muerte a la víctima son constitutivos de un femicidio no íntimo, efectivamente era el primer caso que se llevaba a juicio en Chile y se obtuvo una sentencia condenatoria".


¿En qué consiste el femicidio no íntimo?

Fue en marzo del 2020 cuando se promulgó la Ley Gabriela, iniciativa que amplió el marco legal y elevó las penas en casos de violencia de género. En dicha normativa, lo que se hizo fue modificar la calificación de femicidio, ya que antes sólo se consideraba casos de crímenes de mujeres por parte de parejas o exparejas.

Sin embargo, ahora la nueva tipificación incorpora la figura de femicidio por razones de género, o en su defecto, como no íntimo. Las agravantes que contempla es que las víctimas sean embarazadas, menores de edad o en situación de discapacidad. Además de que ocurra en presencia de familiares o contexto de violencia física/psicológica.

¿Bajo qué circunstancias se considera un "femicidio no íntimo"?

El femicidio no íntimo se considera como tal cuando la muerte de una mujer se produce en las siguientes circunstancias:

  • Cuando sea por la negativa de la víctima a establecer con el autor una relación sentimental o sexual.
  • Cuando sea porque la víctima ejerció (o ejerce) la prostitución u oficios de índole sexual.
  • Al haber ejercido cualquier forma de violencia sexual.
  • Cuando la razón tiene vínculo con la orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
  • Cuando exista subordinación por la relación desigual de poder que existe, o motivada por una intención de discriminación.
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