"Corresponde que se ponga una lápida a la investigación contra Jorge Escobar": Defensa del tío abuelo de Tomás Bravo por decisión de Corte Suprema
La defensa del tío abuelo de Tomás Bravo, Jorge Escobar, habló respecto a la decisión de la Corte Suprema de dejar sin efecto la reformalización por el delito de abandono de menor con resultado de muerte. Esto ocurrió luego de que se acogiera el recurso de amparo presentado por la Defensoría Pública de Biobío.
El defensor regional del Biobío y represéntale del tío abuelo del menor, Osvaldo Pizarro, indicó que “estamos muy conformes con el resultado obtenido por parte de la Excelentísima Corte Suprema que viene a zanjar un debate jurídico importante en este caso. Estimando como ilegal e inadmisible la reformalización de la cual fue objeto el señor Jorge Escobar después de 2 años y 10 días de investigación”.
Asimismo, Pizarro explicó que “se quebrantó el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, dejando sin efecto esta reformalización y sin efecto esta medida cautelar, retrotrayendo el proceso a una próxima audiencia que se fijará, donde única y exclusivamente lo que corresponde es que el Ministerio Público cierre la investigación y tome una decisión acertada en este caso, que es sobreseer al imputado o decidir derechamente acusar por el homicidio que ellos mismos descartaron”.
Defensa de Jorge Escobar tras fallo de la Corte Suprema por caso Tomás Bravo
“Lo que corresponde es que el Ministerio Público, en el ejercicio de su facultades, cierre la investigación porque corresponde hacerlo y con posterioridad o en su defecto decía solicitar el sobreseimiento definitivo de este caso. Nosotros vamos a abogar y vamos a sostener en la distancia procesal el sobreseimiento definitivo. Porque hay una cantidad de elementos probatorios que dan cuenta que efectivamente don Jorge Escobar no tiene ningún tipo de participación en ninguna conducta delictual”, sostuvo.
Además, el abogado enfatizó que "más que lápida a cualquier investigación, lo que corresponde es que se ponga la lápida a la investigación respecto a don Jorge Escobar. Eso es innegable porque efectivamente todas las aristas que se han planteado después de dos años y 10 días, dan cuenta que no tiene, ni tuvo ningún tipo de participación en estos hechos de carácter delictual”.
Cabe precisar que, en el fallo emanado de la Corte Suprema, se señala que “transcurrido el plazo de dos años desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal deberá proceder a cerrarla". Es decir, dicha norma obliga al Ministerio Público a cerrar la investigación una vez cumplido el plazo máximo que estableció el legislador para su extensión.
El nuevo escenario deja al Ministerio Público con las opciones de cerrar la investigación y presentar acusación por homicidio o que se cierre el proceso y no perseverar.
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