Ordenan cierre de bocatomas en el Biobío para evitar desbordes ante eventuales crecidas por lluvia
La Dirección Regional de Aguas del Ministerio de Obras Públicas ordenó el cierre de las bocatomas y el retiro de elementos adicionales a captaciones. A las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y usuarios de aguas con obras de captación en cauces naturales.
El seremi de Obras Públicas del Biobío, Hugo Cautivo, indicó que la instrucción rige desde el 15 de mayo al 15 de septiembre en la zona.
Además, detalló que, en caso de quienes tengan captaciones rústicas, "deberán efectuar los cierres con los materiales adecuados. Habilitando los cauces de descarga para que probables excesos de agua puedan ser desviados adecuadamente, y así no afecten las áreas aledañas al cauce por desbordes".
También se aplica a personas u organizaciones responsables de administración de tranques, embalses u otras obras de acumulación. Deberán disponer las medidas para garantizar que el agua almacenada y los excesos de ella no pongan en peligro de los habitantes de áreas circundantes.
Cautivo indicó que “las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y los usuarios de aguas, deberán informar en las oficinas de la Dirección Regional de Aguas el nombre, domicilio. Teléfono y correo electrónico del encargado del control de bocatoma y compuerta del canal".
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En el caso de querer mantener operativas las bocatomas durante el período de cierre, ya sea por conducir aguas destinadas a usos domésticos o industriales, podrán funcionar. Siempre que cuenten con dispositivos adecuados para controlar el ingreso de agua durante crecidas y evacuar excesos captados sin afectar a terceros.
Sin embargo, el acueducto deberá encontrarse en un estado de mantención óptimo, contar con personal competente que maneje la bocatoma. Además, un plan de acción frente a crecidas y emergencias.
A ello se agrega que deberán informar a la Dirección Regional de Aguas, al municipio competente y a la gobernación provincial que corresponda. Sobre la persona natural o jurídica responsable, la operación, localización; cauce, punto de captación, dirección, teléfono y correo electrónico de quienes están a cargo.
También es requisito avisar a la Dirección Regional de Aguas el destino y uso de las aguas captadas mediante las bocatomas.
En caso de que se incumplan las medidas ordenadas -que se publicarán en el Diario Oficial-, habilitará a la Dirección General de Aguas a cursar multas.