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Las claves de la rebaja de 44 a 42 horas de trabajo semanal que debe implementarse este 26 de abril

Por | 2026-04-17T10:48:14

La Ley 21.561 se promulgó en abril de 2023 y modificó el Código del Trabajo en Chile determinando que de manera paulatina la jornada laboral de los trabajadores pasara de 45 a 40 horas semanales.

El objetivo de la normativa es que las personas privilegien la vida familiar por sobre la laboral. Tras la promulgación se estableció un plazo de 5 años para implementar la ley. La primera rebaja fue el año 2024 se pasó de 45 a 44 horas máximas semanales de trabajo. Y ahora este mes de abril viene la segunda rebaja de 44 a 42 horas.

Quiénes rebajarán sus horas de trabajo y quienes no

La norma en específico modifica el artículo 22 del Código del Trabajo. Se estima que unos 5 millones de personas que trabajan en el sector privado bajo jornada ordinaria se verán beneficiadas.

Están exceptuados de esta norma:

  • Aquellos que no tienen fiscalización directa e inmediata. Es decir, gerentes, administradores o aquellos que ejerzan facultades de representación de la empresa.
  • Los trabajadores a honorarios y aquellos funcionarios públicos que no se rigen por el Código del Trabajo.
  • Aquellos que tienen jornadas laborales excepcionales, por ejemplo, la minería.

La ley también es explicita en indicar que las remuneraciones de los trabajadores que rebajen su jornada laboral no pueden ver disminuidas sus remuneraciones. Es decir no se puede usar la excusa de la rebaja horaria para bajar los sueldos.

El ajuste obliga a reorganizar turnos y distribución horaria dentro de los márgenes legales. No se pueden rebajar horarios de colación .

Las empresas que no ajusten sus registros y turnos desde el domingo enfrentan multas que van de 3 a 60 UTM (entre 209 mil y 4,2 millones de pesos) por cada trabajador afectado, según el tamaño del empleador.

Los trabajadores pueden denunciar ante la Inspección del Trabajo de su comuna o vía el sitio web de la DT, de forma gratuita y confidencial.

La ley es explícita: la reducción no puede significar rebaja de sueldo ni recorte del tiempo de colación, que la DT ha reiterado que no forma parte de la jornada laboral.

La tercera y última reducción está fijada para el 26 de abril de 2028 cuando pasemos de 42 a 40 horas semanales máximas trabajadas.

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