Alza de precios: La consecuencia que dejaría en importadores la aplicación de un antidumping a las bolas de acero chinas
En las últimas horas se conoció, de forma extraoficial, que la Comisión Nacional Encargada de Investigar la Existencia de Distorsiones en el Precio de las Mercaderías Importadas habría otorgado medidas para el acero chino.
Estas apuntarían a un gravamen para poder incentivar la competencia del acero fabricado en tierras nacionales, algo que las empresas locales se estaban viendo imposibilitadas por los bajos precios.
En el proceso presentado por Moly-Cop en esta comisión, las empresas que importan estas bolas de acero desde China argumentaron que no existen beneficios tributarios para este producto, además que la aplicación de una salvaguarda implicaría un alza de los precios.
Magotteaux Chile, representante de Sigdo Koppers, que mantiene una venta mixta, tanto de bolas de acero fabricadas en suelo nacional, como importadas desde tierras asiáticas, sostuvo en el escrito presentado que “la imposición de medidas antidumping a las importaciones del producto investigado llevaría a un aumento del costo de la importación, y por consecuencia, un aumento del precio en el mercado nacional”.
Más duro en sus argumentaciones es la empresa Feifan, quienes cuestionaron la presentación de Moly-Cop, a quienes acusaron de utilizar argumentos imprecisos, y de incluso haber aumentado la importación de bolas de acero desde Perú.
Con respecto a la medida antidumping, la empresa aseveró que “una sobretasa, la consideraríamos injusta ya que Feifan no realiza dumping alguno, pero de existir afectaría gravemente la viabilidad y competitividad de Feifan Chile en la oferta de bolas convencionales, dañaría la competitividad del mercado y terminaría perjudicando gravemente a los consumidores”.
Entre los factores que acusa Feifan que los perjudicarían se encuentran los precios, disminución de la competencia, alza del precio de las bolas convencionales de acero, y la pérdida de competitividad en el mercado.
Msteck SpA también se hizo parte de las acciones, ellos manifestaron que una medida de estas características “producirá evidentes perjuicios a los intereses económicos de la empresa, toda vez que se verán alterados los valores de referencia introducidos en los contratos que mantiene la compañía mantiene, generándose una reducción en el margen de utilidades previsto, teniendo en consideración además que el producto adquirido fue pagado a un valor similar al establecido para vender”.
Agregan que “la compañía se encuentra en una situación desventajosa que se vería afectada seriamente ante la imposición de una medida antidumping a las importaciones del producto investigado”.
Minera Sierra Gorda también expresó su punto de vista, en donde expresó que “al ser una minera de baja ley, con altos costos de producción, mineral duro y bajo margen, cualquier medida que incremente el costo impacta directamente en la empresa”.
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