438 apoderados del Lycée Charles de Gaulle de Concepción recurren a la justicia para evitar alza en la colegiatura
Fotografía: Lycee Charles de Gaulle Concepción

438 apoderados del Lycée Charles de Gaulle de Concepción recurren a la justicia para evitar alza en la colegiatura


Por Marcelo Castro | 27 Diciembre 2023 11:17
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La molestia de los apoderados del Lycée Charles de Gaulle de Concepción ante la modificación que realizó el sostenedor con respecto al pago de la mensualidad generó una avalancha de acciones judiciales.

En los últimos días, 438 apoderados de los distintos niveles de la institución educacional, recurrieron de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción para evitar esta alza.

De acuerdo a la acción legal presentada ante el tribunal de alzada, “la Sociedad Educacional Francesa de Concepción, prácticamente finalizado el periodo de matrículas de todos los colegios de la región, a través de correo electrónico enviado ´Dado que existen algunos cambios respecto al anterior proceso, solicitamos a ustedes puedan leer detenidamente el documento, en que se expresan los argumentos respecto al cambio a cobro en UF y también los reajustes de matrícula y colegiatura”.

A juicio de los recurrentes, la determinación del colegio “es ilegal porque los establecimientos educacionales particulares pagados están obligados a prestar los servicios educacionales en determinadas condiciones que son definidas por ley. Además, se encuentran sometidos a la supervigilancia del Estado a través de la Superintendencia de Educación y a las normas y dictámenes que este órgano estatal establece al efecto”.

De paso, acusan que “la Sociedad Educacional Francesa de Concepción, por años se ha negado a poner a disposición de los apoderados un contrato de prestación de servicios educacionales”.


Los apoderados insisten en que “la arbitrariedad de la recurrida se visualiza aún más cuando a través de sendos comunicados intenta señalar o dar a conocer que los padres y/o apoderados están o estaban en conocimiento de las alzas que se aplicarían, lo que no es efectivo, intentando encubrir la ausencia de un contrato de prestación de servicios educacionales como siempre debió haber sido”.

La Corte penquista determinó un plazo de 10 días para informar sobre las acciones, esto, a pesar que el directorio ya determinó no aplicar el cambio en la forma de cobro de la mensualidad.

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