Autorizan la compra de terrenos para restituir a 78 familias mapuche de Cañete
Fotografía: Cedida

Autorizan la compra de terrenos para restituir a 78 familias mapuche de Cañete


Por Ariela Ramírez | 16 Noviembre 2023 21:01
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Un total de 78 familias, pertenecientes a dos comunidades de Cañete, recibieron la aplicabilidad por parte de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), que permite que el Estado chileno pueda iniciar el proceso de compra de tierras para las familias mapuche que iniciaron una demanda de reivindicación de terrenos. 

Con el informe jurídico administrativo favorable que entrega la Conadi, en donde se acredita los títulos de merced con una antigüedad superior a los 100 años, ahora se inicia el proceso para que las comunidades Juan Ignacio Catrileo Marinao (56 familias) y Huenchun Lleu Lleu (22 familias) de Cañete, puedan recuperar los terrenos que reclaman hace casi una década. 

El delegado presidencial de Arauco, Humberto Toro, señaló que estas familias podrán “resolver la demanda de tierra que presentaron”. Asimismo, indicó que “esta aplicabilidad confirma el trabajo que estamos haciendo como Gobierno para resolver situaciones de reivindicación territorial que las comunidades presenten”. 


En específico, la superficie que reclama la comunidad Juan Ignacio Catrileo Marinao corresponde a 650 hectáreas, mientras que la de Huenchun Lleu Lleu es de 120 hectáreas. 

El director nacional de Conadi, Luis Penchuleo, detalló que “entregamos dos resoluciones de aplicabilidad a dos comunidades que llevaban bastante tiempo esperando, y hoy finalmente se reconoce su problema de tierras”.

Por otro lado, el director regional de Conadi, Iván Carilao, sostuvo que con este acto jurídico se le está dando respuesta a comunidades que llevaban años esperando por una resolución y que “estas aplicabilidades se enmarcan en el trabajo de restitución territorial que está desarrollando esta administración”.

Cabe precisar que la solicitud de aplicabilidad se da en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 20 letra B de la Ley N°19.253, sustentando su demanda en el menoscabo de tierras sufrido por sus antecesores durante el período de reforma agraria.

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