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Corte Suprema falló contra municipio de Cobquecura en caso que obliga al alcalde a ir a curso antidiscriminación
Créditos: www.cobquecura.cl

Corte Suprema falló contra municipio de Cobquecura en caso que obliga al alcalde a ir a curso antidiscriminación

Por Andrés Espinoza | miércoles 8 mayo 2019 - 02:07
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La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la municipalidad de Cobquecura, Ñuble, contra la sentencia del Juzgado Laboral de Quirihue que condenó al alcalde y directores de departamentos a ir a cursos anti discriminación y protección a la maternidad, tras intentar desvincular a una profesora, según el fallo, por razones políticas.

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Todo surge luego queuna profesora de la escuela Reino de Suecia demandara a lamunicipalidad por acoso laboral y hostigamiento, al incurrir encambios de lugar de trabajo, reducción horaria y el reconocimientode la no renovación de su contrato, estando embarazada, por motivospolíticos.

La máxima autoridadcomunal, Julio Fuentes, señaló que “la ley 18.695 OrgánicaConstitucional de Municipalidades que a nosotros nos rige, nos obligaa cumplir lo que tiene que ver con probidad y en uno de estos puntosestablece la inhabilidad que existe en la contratación de familiaresque estén en la línea directa, es decir hasta el cuarto grado deconsanguinidad y un tío de ella asumió como concejal”.

Referente alordenamiento judicial de asistir a cursos de instrucciónantidiscriminación, Fuentes enfatizó que “yo en lo personal noentiendo nada, la verdad es que la intención nuestra no ha sidonunca estar contra la maternidad o el embarazo, no se en qué minutodel camino que se pretendió esto saltó a esta situación dediscriminación, acoso, desprotección a la maternidad porquesolamente aquí se buscó algo legal”.

Si bien aseguran queal momento no han sido notificados formalmente, se adelantó que seutilizará la última instancia que es un recurso de reposición anteel máximo tribunal del país.

“En las comunaschicas la persecución política no existe, nos conocemos todos ysabemos perfectamente bien como esto funciona”, agregó.

Demandante

Sobre el pronunciamiento de la Corte Suprema, el abogado demandante en representación de la profesora Katherine Jiménez, Francisco Amigo, se mostró conforme.

“Cuando se usa un recurso de unificación de jurisprudencia, quien lo deduce debe acompañar sentencias que buscan un pronunciamiento en ambos sentidos, eso significa que la Corte al declarar inadmisible el recurso señala expresamente que las sentencias acompañadas por la demandada no dicen relación con la tesis que ella sostiene”, explicó.

Resta un últimoproceso legal, que tal como advirtió el municipio, se ocupará,antes que la sentencia que además obliga al sostenedor a indemnizara la afectada con $10.000.000 por daño moral, publicar la sentenciaen su página web y reparticiones por un mes y cesar el acoso, quedea firme.