Presidente de Corte de Apelaciones de Concepción explicó libertad condicional de Emilio Berkhoff
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Presidente de Corte de Apelaciones de Concepción explicó libertad condicional de Emilio Berkhoff


Por Marcelo Ramírez | 25 Octubre 2017 17:08
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Desde ayer –martes 24 de octubre- sesiona la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Concepción, que está revisando 213 solicitudes –presentadas por Gendarmería- de internos de las diferentes unidades jurisdiccionales de la zona. Una de las postulaciones que se concedió fue la de Emilio Berkhoff Jerez, condenado a una pena de 5 años y un día de presidio, como autor de los delitos consumados de porte ilegal de arma de fuego; porte ilegal de arma de fuego prohibida y dos de posesión ilegal de municiones, por los hechos ocurridos en la comuna de Tirúa, el día 1 de febrero y 14 de mayo ambos del año 2013, quien en la tarde del martes abandonó el Centro de Detención Preventivo de Lebu. El presidente de la Corte de Apelaciones de Concepción, Hadolff Ascencio, explicó el funcionamiento del órgano administrativo que permitió la salida al medio libre de Berkhoff Jerez. “Cumplía con los requisitos formales que exige la ley y el reglamento: contaba con buena conducta en el penal; desarrolló actividades académicas y/o laborales y tenía la mitad de la pena cumplida, ya que se encontraba en prisión desde el 25 de julio de 2016, pero tenía abonos previos de 544 días (por prisión preventiva y arrestos domiciliarios, durante la etapa investigativa)”, aseveró el magistrado. Sobre la dicotomía de que Gendarmería le haya negado la salida de fin de semana, entre otras cosas, por los informes emanados por una psicóloga de la institución, y que lo haya postulado para el beneficio de la libertad condicional, el que finalmente obtuvo, el ministro Ascencio resaltó que se deben intensificar los requisitos. “En el caso de los beneficios intrapenitenciarios, usted tiene informes que elaboran los organismos dependientes de Gendarmería (psicólogos, asistentes sociales), en los que se puede señalar que un determinado interno no estaría capacitado de acuerdo a sus características personales y psicológicas de recibirlo, pero esos informes no existen para las libertades condicionales, lo que parece algo absurdo y que llevo solicitando hace años”, detalló. El ministro agregó que: “(…) si la comisión se aparta de las exigencias formales y niega el derecho, los postulantes han presentado recursos de amparo que han sido acogidos por esta Corte o la Suprema, porque la comisión no puede atender a otros aspectos como, en el caso de Berkhoff Jerez, que se haya fugado al momento de tener que iniciar el cumplimiento de la pena”.
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