La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una condena en contra de la tienda Easy, la cual deberá indemnizar a un cliente por daño moral con $3 millones de pesos. Esto, por retenerlo “erróneamente” tras un error en el precio de un producto.
De acuerdo a los antecedentes del caso, todo ocurrió al interior de una tienda Easy en la comuna de La Florida, región Metropolitana, donde personal de seguridad retuvo a un cliente luego de comprar un producto cuyo valor estaba mal rotulado.
Según el fallo judicial consignado por El Desconcierto, el consumidor pagó el precio que figuraba en caja, recibió su boleta y se retiró del local. Sin embargo, al pasar por el control de salida, lo acusaron de cambiar las etiquetas, por lo que lo condujeron a una sala interna del establecimiento.
Posteriormente, la tienda llamó a Carabineros y entregaron al cliente a personal policial, quedando en calidad de detenido. De esta forma, se inició una investigación penal por un eventual delito de estafa, causa que terminó con un sobreseimiento definitivo, al no acreditarse la existencia de un delito ni de maniobra fraudulenta alguna.
Cliente fue retenido por guardias de Easy tras comprar un producto con precio erróneo: presentó una querella y ganó
Pero el cliente afectado decidió presentar una querella y una demanda civil en contra de Easy, ante el Segundo Juzgado de Policía Local de La Florida, apelando a la Ley del Consumidor. Fue así como en noviembre de 2024, el tribunal de primera instancia acogió la acción y concluyó que Easy Retail S.A. incumplió el deber de seguridad respecto a sus clientes.
La sentencia, en la que se condenó a la empresa al pago de una multa y de una indemnización por daño moral fijada en $3.000.000, estimó que la actuación del personal de seguridad fue injustificada y desproporcionada. Esto, considerando que el consumidor había pagado el precio informado. Además, estableció que no existían antecedentes suficientes que justificaran la retención de la persona, ni su posterior entrega a Carabineros.
Por su parte, la empresa apeló el fallo, señalando que los guardias actuaron conforme a los protocolos internos y que no hubo negligencia. No obstante, el 12 de diciembre de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó íntegramente lo resuelto por el Juzgado de Policía Local, manteniendo tanto la infracción como la indemnización decretada.
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