¿Recibiré aguinaldo este 18? Es lo que muchos trabajadores del sector público y privado se preguntan a estas alturas del año, cuando septiembre está a la vuelta de la esquina y, con él, una serie de gastos que aumenta la presión sobre los bolsillos.
Para la mayoría de los pensionados y los funcionarios públicos el aguinaldo de Fiestas Patrias es casi algo seguro, sin embargo, para los trabajadores del sector privado el escenario es distinto.
Es que, según explica Rocío García de la Pastora, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo (UDD), un empleador del ámbito privado no está obligado a pagarle aguinaldo a sus trabajadores.
"Un trabajador lo puede recibir cuando lo pacte con su empleador o bien, cuando el empleador decida otorgarlo. En otras palabras, no es obligación pagar aguinaldo. Por lo mismo, no hay un monto mínimo que se deba dar por este concepto", señaló la abogada.
En esa línea surge el concepto del "derecho adquirido" de los trabajadores, es decir, cuando se reitera una conducta en el tiempo por parte del empleador.
"Por ejemplo, si por 4 años seguidos ha pagado aguinaldo sin sujetarlo a ninguna condición o pacto, es lógico que el trabajador espere su pago al siguiente año. En este sentido, no hay un plazo mínimo para que se genere un derecho adquirido, pero históricamente se ha entendido que no basta con que la conducta se repita 1 o 2 veces. Se requiere una reiteración mayor. No basta con recibirlo una vez", advirtió la experta.
Por otro lado, existe la costumbre de algunas empresas de entregar "cajas dieciocheras" con mercadería a sus trabajadores, o de realizar asados u otro tipo de eventos para celebrar el 18. ¿Pueden estos aportes ser considerados como aguinaldo de Fiestas Patrias?
En ese sentido, Rocío García de la Pastora es clara al señalar que el aguinaldo "es un beneficio individual que se puede entregar en dinero o especies. Así, una caja de mercadería o una gift card cumplen el fin de aguinaldo".
Por el contrario, un asado no reemplaza el aguinaldo. "Una convivencia o una fiesta, si bien es un beneficio para los trabajadores, no se entiende como aguinaldo, porque no se entrega de forma individual", puntualizó la abogada.
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