Los puntos claves del fallo y los argumentos de la justicia para absolver a Jorge Escobar en el Caso Tomás Bravo.
225 páginas tiene el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Cañete que decidió absolver a Jorge Escobar por la desaparición y posterior muerte de Tomás Bravo.
El documento cuestiona la investigación que realizó el Ministerio Público en cinco puntos, tanto en la forma y el fondo; entre ellos la detención de Jorge Escobar, diferencias entre los peritajes, la forma en que se realizó la búsqueda tras la desaparición de Tomás Bravo, entre otros factores.
Con respecto a la detención de Jorge Escobar, el dictamen sostiene que “otro punto que resaltó durante la rendición de la prueba dice relación con la orden de detención emitida contra Jorge Escobar y llevada a cabo antes que se efectuara la revisión del cuerpo, lo cual generó extrañeza en el personal policial”.
A raíz de los testimonios, se pudo determinar que “en ese momento existía una fuerte presión de atribuir responsabilidad a Escobar, pese a que no se contaba con ninguna evidencia que lo vinculara al hecho”.
Las diferencias entre las causas de muerte que determinaron el SML y el metapeitaje encargado al extranjero, también generaron el cuestionamiento del tribunal.
El fallo recoge el testimonio de la perito del SML, Carolina Gacitúa, la que apuntó a la teoría del caso que tenía el fiscal José Ortiz. “Él insistía en la asfixia, señalando que él tenía la teoría de que el niño había sido asfixiado por un objeto gomoso, elástico. Le señalamos que era mejor esperar los resultados de los exámenes, pero que en el preinforme no se podía señalar esa teoría”, dijo.
“Los puntos desarrollados dan cuenta de conflictos, irregularidades y falta de objetividad en la labor investigativa, lo cual influyó negativamente en el fin último de la misma, es decir, saber qué fue lo que le sucedió a Tomás”, aseveró el tribunal.
El tribunal también hace hincapié en la primera búsqueda que se hace de Tomasito, la tarde noche del 17 de febrero, horas después que se conoce de su desaparición.
“La gran cantidad de personas que llegó al lugar y la falta de dirección en la tarea de búsqueda trajo consigo una alteración del sitio del suceso, generándose una búsqueda descontrolada”, comentaron.
“La decisión de no bajar con el niño, y desatenderlo por algunos minutos, no representa por sí misma una conducta que tenga la aptitud de peligro para la vida o la salud, si es que no va acompañada de otros antecedentes que permitan inferir que el acusado pudo haber previsto una situación peligrosa para el niño, cuestión que no sucedió en juicio”, sostuvo el fallo sobre la tesis del presunto abandono.
En el juicio, la defensa de Jorge Escobar planteó la tesis vinculada a la presencia de un tercero que no fue indagado por la Fiscalía en los alrededores del lugar donde se perdió el rastro de Tomás Bravo.
Sobre este punto, la resolución enfatizó en que “la defensa introdujo una duda razonable en cuanto a la eventual presencia de un tercero en el sitio del suceso, que podría haber tenido algún grado de participación en la desaparición de Tomás”.
Los intervinientes en el caso Tomás Bravo tuvieron diferentes reacciones tras la determinación.
El defensor regional del Biobío, Osvaldo Pizarro cree que “el fallo de manera contundente reconoce la tesis de la defensa, son cinco los elementos que acreditan la inocencia de Jorge Escobar en este hecho”.
Mientras que el fiscal regional (s), Michelangelo Bianchi, comentó que “hay dos elementos acá; la condena en costas es susceptible de una apelación que vamos a concretar en los próximos días. En tanto, vamos a estudiar el fallo para analizar un recurso de nulidad para determinar la causal específica”.
En relación a una autocrítica, Bianchi aseveró que “durante la investigación, la fiscal regional ofició a los órganos auxiliares sobre estos errores. Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, nosotros como Ministerio Público haremos esta autocritica”.
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