Durante la jornada de este viernes la justicia acordó solicitar la extradición de Martín de los Santos a Chile, luego de permanecer más de 10 días prófugo. Recordemos que el pasado miércoles el joven de 32 años fue detenido por la Interpol en el sector de Cuiabá, Brasil.
Bien es sabido que de los Santos cuenta con un historial de ataques violentos. Denuncias y querellas terminadas en acuerdos monetarios que le han costado grandes sumas de dinero. Una actitud que intentó replicar en el caso por el que actualmente se lo investiga: la brutal golpiza que le propinó a Guillermo Oyarzún. Quien se desempeñaba como conserje en un edificio de Vitacura.
Frente a este panorama, y considerando su actuar posterior, crecen las dudas sobre que es lo que va a pasar. Y el termino persona inimputable siempre puede abrirse paso. Pero ¿Cuándo una persona puede considerarse inimputable?
En conversaciones con Sabes.cl, el abogado y Presidente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal capitulo Chile, Remberto Valdés señaló que "en el sistema Chileno no todas las personas que cometen un delito son criminalmente responsables".
"El código penal, que es antiguo, establece una figura de inimputabilidad que exime de responsabilidad penal a algunas personas. Que, al momento de cometer un ilícito, no tenían, conforme a lo que la ley establece, la capacidad para comprender la ilicitud de sus actos" explicó.
Según lo explicado por el experto, esto aplica para quien logre acreditar que "se encontraba privada totalmente de la razón al momento de cometer un delito". Sin embargo, esto no considera a alguien drogado o ebrio.
No obstante, para que alguien sea considerado inimputable, debe contar con un informe psiquiátrico del Servicio Médico Legal o del perito determinado por el Tribual.
Cabe señalar que esto solo aplica "al estado mental (...) a la fecha de la comisión del delito. Que es lo importante para los efectos de la imputabilidad, según explica el abogado. Además enfatizó en que no basta con evidenciar una enfermedad mental.
Una vez que la persona logre acreditar que se encontraba en un estado de "loco demente" o "privado totalmente de su capacidad de juicio" según menciona Valdés. La justicia determinará "medidas de seguridad", como una internación en un centro psiquiátrico.
Medida que no cuenta con un tiempo estimado pues "no es una condena penal, va a depender de su estado de salud. Periódicamente va a evaluarse si la peligrosidad de este individuo hace necesaria su internación permanente" explica Remberto.
Además precisó que si una persona, efectivamente se encontraba enajenada mental al momento de cometer el delito, no va existir pena penal. "No lo va haber porque no puede ser condenado, porque no conocía los alcances de su actuar (...) Ahora, por protección a la sociedad, va a recibir una medida de seguridad y va a estar internado. ¿Cuánto tiempo? el que sea necesario para que se recupere, si es que tiene recuperación".
Es importante señalar que esta condición solo puede rectificarla un juez según lo señalado por la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
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Fernanda Soto
Periodista titulada de la Universidad Católica de la Santísima Concepción, con experiencia en creación de contenido y SEO. Interesada en la cultura y el espectáculo nacional e internacional.