
Funcionarios municipales que otorgaron licencias de conducir a deudores de alimentos pueden ser sancionados con la mitad de su sueldo
La ley es bien clara. Los deudores de pensiones de alimentos no pueden sacar licencias de conducir mientras no salden su deuda.
Se trata de la norma 21.389 que ordena que a los deudores de pensión de alimentos se le retenga la devolución de impuestos, no serán sujeto de crédito y no debiera poder sacar pasaportes, entre otras restricciones.
El artículo 33 de este cuerpo legal señala: "La municipalidad competente para expedir una licencia de conducir o su duplicado, de conformidad con el artículo 5 de la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia, deberá consultar en línea al Servicio si el solicitante se encuentra inscrito en el Registro en calidad de deudor de alimentos. Si aparece con inscripción vigente en el Registro, lo informará al solicitante y no dará curso a la solicitud".

Asociación de Municipalidades evalúa fórmulas para revocar y ley habla de sanciones a funcionarios
Pese que una vez publicada la ley se da por conocida, un informe de Contraloría informó que la mayoría de los municipios la incumplió: "El órgano de control detectó que 243 de las 345 municipalidades del país habrían otorgado o renovado un total de 3.432 licencias de conducir a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores, por adeudar la mensualidad de 4.706 alimentarios por un monto total de $17.473.007.109. Es decir, un 70% de los municipios a nivel nacional han incumplido la norma desde su vigencia".
En el caso de la Región del Biobío se determinó que más del 70% de los municipios entregó el documento infringiendo la ley.

Sobre esta irregularidad el Presidente de la Asociación de Municipios del Biobío y alcalde de Hualqui Ricardo Fuentes indicó a Diario Concepción que "es lamentable y cuestionable, pero entendemos que puede haber existido desconocimiento de las personas a cargo de los departamentos de Tránsito de los municipios”. Fuentes agregó que se trata de una situación que deberá revisarse “se deberán buscar los mecanismos para revocar estos permisos”, indicó.
El problema pudiese no ser tan sencillo ya que la ley ordena sanciones en caso de que no se cumpla la norma: "En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el inciso precedente, el personal respectivo incurrirá en responsabilidad disciplinaria, la que será sancionada con multa, a beneficio fiscal, del diez al cincuenta por ciento de su remuneración".
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