En Florida concejales piden a Contraloría que verifique legalidad de compra de automóvil para alcalde por 42 millones
El alcalde de Florida, Rodrigo Montero, enfrenta su primera polémica como jefe comunal. Un grupo de concejales presentó a Contraloría una petición para que aclare la legalidad de la compra de un vehículo para ser utilizado por el alcalde.
El móvil era un Toyota 4x4 por un valor poco superior a los 40 millones de pesos. No fueron cuestionadas las características del móvil. Florida es una comuna eminentemente rural, además rodeada de cerros, por lo tanto, para llegar a los puntos más recónditos de la comuna se requiere un transporte de estas características.
Lo que ha sido criticado por los concejales encabezados por Marcos Hidalgo es que, por ley de municipalidades, la figura del alcalde no puede comprar directamente bienes por un valor superior a las 500 UTM es decir 33 millones de pesos. Todas las compras superiores a este monto deben pasar por la aprobación del concejo municipal.
Municipalidad de Florida: "se hizo un concejo extraordinario"
La Municipalidad de Florida a través de un comunicado público expresó que debido a que aún se trata de un proceso investigativo vigente, el municipio se abstendrá de entregar alguna declaración detallada del proceso.
Sin embargo y con el fin de transparentar la situación, se entregó una declaración pública:
1.- Con fecha 04 de diciembre de 2024 se dictó decreto alcaldicio número 1674, que autoriza la compra del vehículo en cuestión, para uso de alcaldía y traslado de funcionarios municipales, cuyas características permite llegar a todos los sectores de Florida urbano y rural, que por cierto son de difícil acceso, cumpliendo así con el principio de servicialidad del Estado.
2.- Antes que se emitiera el decreto de pago, que es el acto administrativo con el cual la compraventa se perfecciona, se detectó que por el motivo involucrado por la compra del vehículo era necesario contar con acuerdo de concejo municipal y con el fin de regularizar esta situación se incorporó dentro de la tabla del concejo municipal extraordinario convocado mediante decreto alcaldicio n° 1782, de fecha 27 de diciembre de 2024, con el objetivo de obtener el acuerdo del concejo Municipal según el art. 65, letra j) de ley orgánica constitucional de municipales.
3.- Que con fecha 31 de diciembre de 2024, se llevó a cabo el Concejo Extraordinario, en que a pesar de las fundamentaciones, la iniciativa no logró el acuerdo.
4.- Que, en este concejo, cada uno de los integrantes puede votar rechazando o aprobando tal acuerdo, y que ello no constituyo una falta a la probidad.
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