Dorothy Pérez recibe el primer portazo: Justicia paraliza dictamen de Contraloría sobre confianza legítima
Fotografía: SABES

Dorothy Pérez recibe el primer portazo: Justicia paraliza dictamen de Contraloría sobre confianza legítima


Por Marcelo Castro | 05 Diciembre 2024 11:24
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La Corte de Apelaciones frenó la primera determinación de Dorothy Pérez como contralora de la República y que apuntaba a la confianza legítima de los funcionarios públicos.

Y es que la Novena Sala del tribunal de alzada capitalino acogió la Orden de No Innovar presentada por la Fundación Fuerza Ciudadana, en el marco de un recurso de protección, en donde acusaban un “actuar ilegal y arbitrario de la Contraloría General de la República, representada legalmente por el Contralor General de la República, Dorothy Pérez, en virtud del nuevo criterio sostenido en el dictamen E561358 del 6 de noviembre de 2024, por privar, perturbar o amenazar los derechos constitucionales de mis representados”.

En el recurso, la entidad sostiene que “gran parte de los dictámenes previos al atacado determinaron una confianza legítima, aplicando un lapso o una circunstancia diversa al de la aplicada por la Excelentísima Corte Suprema desde el año 2022, estarían con un vicio de legalidad en atención que la Contraloría se habría abocado a conocer asuntos de naturaleza jurisdiccional”.

“Sin embargo, el criterio de la Contraloría no era en base a la prudencia como lo ha sostenido la Corte Suprema, sino a la necesidad de fundamentación del desahucio o no renovación de la contrata respectiva, cuando esta se había renovado dos o más oportunidades”, añadió.


De acuerdo a la Fundación, “todo lo señalado tiene como corolario que el criterio aplicado por el órgano recurrido podría significar que es un órgano superfluo o sustituible por los tribunales de justicia, lo que no debe -por ley- ser así”.

Tras acoger el recurso de protección y la respectiva Orden de No Innovar, la Contraloría tiene cinco días para evacuar un informe con “todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto que ha motivado el recurso”.

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