Aprueban ley de cargador universal en Chile: ¿Cuál sería el único que podrá usarse y desde cuándo?
Fotografía: Agencia Uno

Aprueban ley de cargador universal en Chile: ¿Cuál sería el único que podrá usarse y desde cuándo?


Por Alvaro Sandoval | 27 Agosto 2024 11:09
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El Congreso aprobó y despachó a ley el proyecto que establece el uso de un cargador universal para aparatos tecnológicos en Chile, tales como teléfonos celulares y tablets, y videoconsolas.

La medida indica que las empresas proveedoras de equipos electrónicos deberán garantizar la interoperabilidad común entre los equipos y sus dispositivos de carga, para que todos se adapten a un único puerto de carga.

Asimismo, se estableció que las empresas comercializadoras deberán ofrecer a los consumidores la posibilidad de adquirir sus dispositivos con los aparatos de carga o sin ellos, no pudiendo atar de ningún modo la adquisición de uno de ellos a la del otro.

"Esta ley es un avance hacia un consumo más sustentable, pues permitirá a los consumidores optar por no adquirir nuevos dispositivos de carga, lo que contribuirá a disminuir la producción de residuos electrónicos", afirmó el director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Andrés Herrera.

En esa línea, Herrera aseguró que “esta normativa pone a nuestro país en línea con la regulación europea en esta materia, e implica una simplificación en el uso de los equipos y dispositivos electrónicos, contribuyendo a reducir residuos tecnológicos y a disminuir costos innecesarios”.

¿Cuál cargador universal se usaría en Chile?

Aunque aún no se ha especificado un formato estándar de cargador, se prevé que la industria tecnológica podría inclinarse por el USB-C. Esto, considerando que actualmente la mayoría de los dispositivos ocupa dicho puerto, tanto en Chile como en la mayoría de los países, en comparación a otras opciones como el mini-USB o el Lightning de Apple.

¿Cuáles son los plazos y multas?

Según explican desde el Sernac, estas nuevas obligaciones entrarán en vigencia para los dispositivos de telefonía móvil en un plazo de dos años desde la publicación de la ley en el Diario Oficial. En tanto, para los demás dispositivos móviles de información y telecomunicaciones el plazo es de cuatro años.

Asimismo, se estableció una multa en caso de incumplimiento a estas disposiciones, las que pueden alcanzar hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones de pesos por cada infracción.

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