Bono Invierno 2024: ¿Cuánto falta para que se pague?
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Bono Invierno 2024: ¿Cuánto falta para que se pague?


Por Sebastian Blanc | 23 Abril 2024 12:04
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Uno de los aportes monetarios que entrega el Estado a los pensionados es el Bono de Invierno, el cual tiene como finalidad entregar un apoyo económico para hacer frente a los gastos típicos de la época invernal.

Es importante mencionar que el monto de este año será mayor que el de 2023, ya que subirá de $74.767 a $77.982. "Será de cargo fiscal, no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno", menciona la Ley 21.647.

De acuerdo a información del Instituto de Previsión Social (IPS), el aporte del Bono de Invierno vendrá incluido junto al pago de la pensión de mayo este 2024.

Por lo mismo, se comenzará a pagar desde el próximo jueves 2 de mayo (tras el feriado irrenunciable del Día del Trabajador), momento en que los beneficiarios ya podrán cobrar los $77.982 junto a su pensión.

En el caso de que la persona cobre su jubilación de manera presencial, solamente debe presentar su cédula de identidad para retirar el dinero en su lugar de pago.

¿Quiénes reciben el Bono Invierno 2024?

Recibirán el Bono de Invierno los adultos mayores de 65 años o más que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Dipreca o Capredena, o de mutualidades de empleadores. Independiente del organismo, deben recibir pensiones que sean inferiores o iguales al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 años o más (hoy equivale a $212.406).
  • Pensionados del sistema AFP y se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del sistema de pensiones de vejez (1980), se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) y sus pensiones sean menores o iguales a $212.406.
  • Beneficiarios (no es necesario que estén jubilados) de la PGU, siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual a $212.406.

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