Ordenan a profesor abstenerse de enviar correos ofensivos a comisión que dispuso su despido en la Universidad de Concepción
Fotografía: Contexto

Ordenan a profesor abstenerse de enviar correos ofensivos a comisión que dispuso su despido en la Universidad de Concepción


Por Ariela Ramírez | 09 Enero 2024 18:37
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La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección deducido y ordenó al ex académico abstenerse de enviar correos electrónicos a la comisión que dispuso su despido de la Universidad de Concepción. 

En un fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal estableció el actuar ilegal y arbitrario del ex docente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas al remitir a las casillas institucionales mensajes ofensivos y que atenta contra su honra.

El documento señala que “para efectos de resolver, ha de tenerse presente que conforme a los antecedentes acompañados al recurso, la acción arbitraria e ilegal que se invoca por las recurrentes dice relación con los correos electrónicos que le fueron enviados a su correo laboral, mediante los cuales las insulta, falta el respeto, maldice y les expone que por las conductas desplegadas por ellas y la Directora de Equidad de Género y Diversidad de la UdeC de la época en la investigación que se llevó en su contra, por lo que su conducta no es aceptable, constituyendo su actuar un acto arbitrario e ilegal”.


Además, la resolución indica que el recurrido “no niega los hechos que se le imputan, sino que alega respecto del sumario que se llevó a cabo en la UdeC que terminó con su desvinculación y el resultado de la causa laboral producto de su despido, dando cuenta de ilegalidad, discriminación e infracción al debido proceso. Informó, además, la UdeC, la que da cuenta de los mismos hechos alegados en el recurso, acompañando también los correos electrónicos enviados por el recurrido a las actoras”.

“El actuar del recurrido es arbitrario e ilegal, pues tiene como único objeto afectar la honra y la integridad psíquica de las recurrentes, al no haber obtenido un resultado favorable a sus intereses en el sumario administrativo aludido, derechos fundamentales que trasgrede con su actuar”, agregó el tribunal. 

En base a esto, se concluyó que “concurren los presupuestos que conducen a acoger la acción de cautela de derechos constitucionales, pues los presupuestos de hecho en los que discurre su análisis sobre lo ilegal y arbitrario del acto que se impugna, ha sido suficientemente justificado y no controvertido (…) motivo por el cual la acción constitucional deducida debe ser acogida, y se le ordenará al recurrido que se abstenga, en lo sucesivo, de enviar correos electrónicos a las recurrentes en los términos de los que son materia del recurso”.

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