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Durante la jornada de este lunes a la Segunda Sala de la Corte Suprema tomó la decisión de revocar la libertad condicional de Celestino Córdova Tránsito, el único condenado por el asesinato del matrimonio Luchsinger-Mackay, hecho el cual ocurrió en enero de 2013.
En el fallo, los jueces apuntan al informe psicosocial donde Córdova “no presenta conciencia y culpa del delito cometido”.
La Corte resolvió que “la decisión de la comisión de libertad condicional de denegar el beneficio en cuestión, se encuentra debidamente cimentada en el informe psicosocial evacuado por Gendarmería en el mes de marzo de 2023, el que permite entender, independiente de la satisfacción de los requisitos formales, que debe existir en el beneficiario, un actuar proclive a la reinserción social, lo que no es compatible con la falta cuestionamiento que mantiene el amparado y que resulta revelado por el informe en referencia”.
La Suprema agrega en su fallo que “no asisten los supuestos que dan lugar a la acción constitucional del artículo 21 de la Carta Fundamental, por lo que sólo cabe desestimar el amparo impetrado en estos autos”. Acción de amparo que presentó la defensa de Córdova el 22 de diciembre; 64 días después de la decisión de la Comisión de Libertad Condicional de La Araucanía.
Lo que corresponde ahora es que el fallo de la Suprema se envíe a la Corte de Apelaciones; y que esta dé la instrucción del reingreso de Córdova al CET; lo cual según la defensa de la familia Luchsinger-Mackay debería ocurrir hoy día.
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