Corte reafirmó sentencia de cinco días de cárcel para madre de Talcahuano que negó visitas al padre de su hija
Fotografía: Contexto | Agencia UNO

Corte reafirmó sentencia de cinco días de cárcel para madre de Talcahuano que negó visitas al padre de su hija


Por Patricia Castillo | 06 Octubre 2023 13:07
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La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de amparo presentado, por lo que mantuvo la sentencia de cinco días de cárcel para una madre de Talcahuano. Esta resolución del Juzgado de Familia de la comuna puerto respondió a la demanda del padre, quien acusó que le prohibía las visitas regulares para ver a su hija en común.

Un fallo dividido de la Quinta Sala del tribunal confirmó que la mamá incumplió el régimen de visitas en reiteradas ocasiones. A quien ya habían sancionado con multas por la misma falta en múltiples oportunidades anteriores, por lo menos desde el año 2019.

''Resolvió acoger la solicitud de apremio planteada por el padre el 20 de diciembre de 2022. Decretando la orden de arresto materia de este amparo'', sentenció la resolución.


Sentencian a madre de Talcahuano a cinco días de cárcel por incumplir régimen de visitas

El Juzgado de Familia de Talcahuano determinó que la madre debía cumplir la orden de cárcel el pasado 1 de septiembre del 2023.

''Previo a ello se llevaron a cabo audiencias en que las partes rindieron prueba. Se oyó a la niña de ambos y se le designó una curadora para su representación'', señala la reciente resolución. Donde también indican que ''teniendo en consideración la reiteración en los incumplimientos que (...) se presentan en esta causa desde el año 2019''.

Sin embargo, el abuelo materno de la hija levantó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de Concepción para evitar que impugnaran el arresto indicado. Medida que no tuvo éxito.


''Aparece claro que la orden de arresto se encuentra fundada y ha sido expedida por tribunal competente. Pues resulta ser un hecho manifiesto la renuencia de la amparada a cumplir con el régimen de relación directa y regular establecido'', agregó la sentencia.

El veredicto se determinó por el art. 66 de la Ley N° 16.618, que señala que los infractores del art. 229 del Código Civil serán castigados con multas o presidio. Según indica el art. 543 del Código de Procedimiento Civil.

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