Dictan veredicto condenatorio contra militar por apremios ilegítimos durante estallido social en Concepción
Con un veredicto condenatorio finalizó el juicio oral contra un militar que durante el estallido social efectuó disparos en un pie en el sector de Remodelación Paicaví.
En resolución unánime, el tribunal, integrado por los magistrados Cecilia Grant del Río, Jaime Véjar y Felipe Vega, quienes dieron por establecido tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del acusado en los hechos acreditados.
“La decisión de condena se funda en la prueba incorporada por el Ministerio Público y los acusadores particulares, consistente en la declaración del ofendido, de los testigos, prueba pericial, así también en la documental y otros medios de prueba, como la audiovisual incorporada, con las cuales el tribunal adquirió la convicción, más allá de toda duda razonable, tanto la existencia del hecho así como la participación que al enjuiciado le correspondió en calidad de autor ejecutor”, consigna el acta de deliberación.
El fiscal del caso, Nelson Vigueras sostuvo que “existe conformidad por el veredicto condenatorio obtenido, por un hecho que generó conmoción pública a raíz de la circulación de dos videos. Este hecho permitió probar los apremios ilegítimos que sufrió la víctima por parte de un funcionario del Ejercito”.
Vigueras agregó que “la defensa intentó juzgar la conducta de la víctima, ya que él infringió el toque de queda, lo que es una falta penal, por lo que la víctima recibe un disparo en su pierna, lo que es desproporcionado a los hechos”.
Mientras que el defensor, Pelayo Vial no compartió la visión del tribunal, ya que “los hechos no pueden ser catalogados como apremios ilegítimos, desobedeciendo las instrucciones de los funcionarios del Ejercito, y cuando se encuentra encajonado, el militar hace uso de la escopeta antimotines”.
Fiscalización en medio del toque de queda
Los hechos se remontan a la tarde del 22 de octubre de 2019, cuando la víctima circulaba por las inmediaciones de la Plaza Condell, tras finalizar su jornada laboral como obrero de la construcción. Cuando es sometido al control de una patrulla militar integrada por al menos 3 funcionarios del Ejército de Chile, armados dos de ellos con fusiles de guerra y otro con un arma de fuego del tipo escopeta de repetición.
Los funcionarios militares se encontraban haciendo controles a raíz del toque de queda vigente, existiendo alrededor de 70 militares desplegados en el sector donde caminaba, militares armados con fusiles de guerra y el clase o Sargento que va a cargo, provisto de una escopeta con munición antidisturbios.
Bajo este escenario, uno de estos efectivos, aplica apremios ilegítimos a la víctima, consistentes en dispararle a quemarropa a unos 30 centímetros de distancia con la escopeta que portaba, impactando la pierna derecha del afectado, hiriéndole a la altura del muslo, para luego violentamente reducirlo y detenerlo en el mismo lugar, trasladándolo a Avenida Paicaví, lugar donde es arrojado al suelo, recibiendo presiones en el sentido que debía señalar que se había caído.
La audiencia de comunicación de la sentencia quedó programada para el 22 de junio a las 13:30 horas.
Revisa más noticias de la Región del Biobío. Síguenos en Facebook para estar al tanto del día a día penquista. También en nuestro Instagram para ver fotografías con datos de contingencia nacional y del Gran Concepción.