Confirman condena de mujer que trató de matar a su hija haciendo explotar la cocina en Osorno
La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la condena de una mujer a la pena efectiva de 12 años, que trató de matar a su hija haciendo explotar la cocina en Osorno, en noviembre del 2020. Se le sentenció como autora del delito de parricidio en grado frustrado.
El hecho ocurrió el 4 de noviembre del 2020, cuando la madre se encontraba en su domicilio en Osorno junto a su hija menor de edad. Fue ahí cuando la mujer abrió cuatro llaves de paso de una cocina a gas que había al interior del hogar y prendió fuego, provocando una explosión por acumulación de gas, que terminó por causar daños en la vivienda y la víctima.
Esta última terminó con quemaduras en la frente, cuero cabelludo, abdomen, extremidades inferiores y superiores. Quedando con un 21,5% de su superficie corporal total quemada, lesiones de carácter graves de acuerdo al Servicio Médico Legal. La condenada, en tanto, resultó con 17% de su superficie corporal quemada, quemaduras en cara, tronco, antebrazo, brazo derecho y ambas piernas.
A raíz de ese hecho, la madre fue imputada como autora del delito de parricidio en grado frustrado y se le condenó a 12 años de cárcel.
Se rechazó recurso de nulidad de la defensa: Confirman condena a 12 años de mujer por parricidio frustrado en Orsono
No obstante, su defensa alegó una aplicación equivocada del derecho en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno y la Corte de Apelaciones desestimó aquello.
El fallo, de hecho, sostuvo que "por lo expuesto, la prueba aportada por el Ministerio Público permitió causar al juzgador la convicción de la ocurrencia del hecho punible y la participación de la acusada (...) en los términos que se indican en la misma sentencia (...)".
La sentencia "determina que la acusada, conociendo las relaciones que la ligan a la víctima (hija), con el ánimo de causar su muerte y la de su hija de 8 años de edad, estando con la niña al interior del departamento donde vivían, mediante una acción dolosa e intencional procedió con tal propósito a abrir las llaves de paso de una cocina a gas existente en el lugar, lo que provocó acumulación de gas licuado. Para luego proceder a encender un elemento idóneo que provocó una explosión que causó daños en la vivienda y lesiones de gravedad en la niña y la acusada. No verificándose la muerte de ésta por causas independientes a su voluntad, parecer que es compartido por esta Corte y que permite desestimar el recurso".
Por lo anterior es que se resolvió rechazar el recurso de nulidad "deducido por la defensa en contra la sentencia pronunciada por la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno".