“Sentencia histórica”: Las reacciones por el fallo en el Caso crudo Iraní
Cómo una sentencia histórica definieron los intervinientes del Caso crudo Iraní, que condenó a los ejecutivos involucrados en el episodio de contaminación acaecido en Quintero-Puchuncaví.
Fue la fiscal del caso, especialista en delitos ambientales, Ana María Aldana, indicó que se trata de "un tremendo logro, ya que se obtuvo condena en un caso tremendamente difícil y pudimos darle respuesta a la comunidad. Aquí fue la comunidad quien puso este tema en la palestra. Si bien se condenó solo por Quintero, ese hecho no se podría haber explicado si no hubiera ocurrido algo similar en Biobío. Gracias a eso, supimos que había un crudo mal manejado y que eso provocó una contaminación que no se había visto en Quintero".
3 ejecutivos de ENAP fueron condenados por su responsabilidad en el mal manejo de residuos peligrosos que generaron la emergencia ambiental que afectó a la comunidad de Quintero y Puchuncaví en 2018. La fiscal de delitos contra el medioambiente, Ana M. Aldana valoró el veredicto. pic.twitter.com/PmGPAfHgfx
— Fiscalía del Bío Bío (@FiscaliaBioBio) March 10, 2023
La persecutora indicó que se trató de un delito difícil acreditar la existencia de falta al artículo 44, relacionado al manejo de residuos peligrosos.
Mientras que el querellante por los afectados de estos episodios, Remberto Valdés, aseveró que "el mensaje es que no se puede contaminar de manera impune, y los tres condenados tendrán que pagar sus penas".
De paso, Valdés emplazó al Presidente Gabriel Boric para evitar la dilación de las acciones civiles. "Le pedimos al Presidente Gabriel Boric que impida que las víctimas de la contaminación sigan litigando contra Enap, ya que no quieren pagar las indemnizaciones que le deben a los vecinos, es un apaleo permanente del Estado a los afectados", cerró.
Recurrir de nulidad
La defensa de los seis ejecutivos de Enap es enfática en qué el tribunal absolvió a sus representantes por el delito de mayor importancia, que es contaminación ambiental y que la condena por la infracción al artículo 44 se trata de un error.
"El veredicto absolvió a todos los imputados por el delito de contaminación ambiental y eso es una verdad jurídica. Y lo que ocurre con el artículo 44, nos parece que es una infracción menor, creemos que esa imputación es un error jurídico evidente”, dijo el abogado Cristian Muga.
El jurista agregó que “se demostró pericialmente que los episodios de contaminación tenían otros orígenes, distintos a los que dice la Fiscalía. Acá hay errores jurídicos, como que no hay administración de residuos como estipula la ley. Los episodios de contaminación siguen ocurriendo, a pesar de este juicio”.
El abogado Cristian Muga adelantó que una vez conocida la condena, recurrirán de nulidad.
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