Corte Suprema confirmó fallo que ordena a la UdeC reintegrar a profesora que sufrió acoso laboral
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Corte Suprema confirmó fallo que ordena a la UdeC reintegrar a profesora que sufrió acoso laboral


Por Maria Ruiz | 16 Noviembre 2022 10:44
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La Corte Suprema confirmó el fallo que acogió tutela laboral y ordenó a la Universidad de Concepción (UdeC) reintegrar a profesora que fue víctima de acoso laboral y vulneración del derecho a la integridad física y psíquica. La docente prestó servicios a la universidad por 32 años.

La resolución se da luego de que la Corte Suprema declarara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia que acogió tutela laboral.

El fallo se dio ya que la exigencia de la Corte Suprema de que "existan distintas interpretaciones respecto de una materia de derecho, es decir, que frente a hechos o fundamentos iguales u homologables, se arribe a concepciones o planteamientos jurídicos disímiles que denoten divergencia que deba ser uniformada", no apareció observada en el recurso interpuesto.

Asimismo, se indicó que la situación no es equiparable con la que sustenta el fallo de contraste. Ello ya que se "estableció que a la actora se le acosó laboralmente, disponiéndose como medida reparatoria su restitución, por el 2022, en el cargo de directora de un programa dentro de la universidad de la que es profesora".

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Se declaró la inadmisibilidad del recurso

No obstante, los pronunciamientos que están contenidos en las sentencias acompañadas se sustentan en razonamientos distintos.

Guardan relación con que "se afecta la libertad contractual al disponer como medida reparatoria, por vulneración de derechos fundamentales, la separación de una trabajadora; y que no hay acto ilegal o arbitrario cuando se sanciona a una alumna de acuerdo a la normativa dentro de la universidad".

Es por ello que se decretó la inadmisibilidad del recurso interpuesto, puesto que "la necesidad de uniformidad de la materia y la disparidad de decisiones respecto de la misma, que la ley exige y que se proponen como argumento para sostenerlo, no se advierte concurrente".

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