Sentencian a 4 años de libertad vigilada a quien quemó Caja Los Andes durante estallido social en Concepción
Fotografía: Cedida a Sabes.cl

Sentencian a 4 años de libertad vigilada a quien quemó Caja Los Andes durante estallido social en Concepción


Por Antonio González | 06 Octubre 2022 17:28
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a G.A.P.O. a las penas de 4 años y 41 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autor de los delitos consumados de incendio y daños simples, respectivamente, acusado de quemar el edificio de la Caja Los Andes de Concepción y causar daños al edificio de la Seremi de Educación para el estallido social en octubre de 2019.

En fallo unánime, el tribunal aplicó además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena por incendio. Asimismo, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena por daños.

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Ilícitos ocurrieron en octubre y noviembre de 2019

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que “el edificio de Caja de Compensación Los Andes, sufrió una serie de ataques y acciones en su contra desde el día 19 de octubre de 2019 en adelante, de diversa naturaleza y distintas magnitudes. Dentro de ellos, el día 25 de octubre de 2019, alrededor de las 17:00 horas, se produce un incendio que afectó los pisos 1 y 2 del referido edificio. Así, el día 25 de octubre de 2019, alrededor de las 16:50 horas, el imputado ingresa a las oficinas del referido inmueble y comienza a desmantelar muebles, mover sillas, telas, papeles y otros elementos para combustionar (...) Comenzando a las 17:04 horas a encender fuego en las mismas dependencias, logrando una fogata, la cual alimentó con elementos combustibles, distinguiéndose ropa, papeles y una silla, provocando un incendio en los pisos 1 y 2 referidos”, sostiene la sentencia.

En tanto, agrega el fallo, aproximadamente a las 15:55 horas de 12 de noviembre de 2019, el condenado "se dirigió a las oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Educación, lugar en el que junto a sujetos desconocidos, forzó la reja de cierre perimetral del edificio público, empujándola hasta lograr acceder a la puerta de ingreso del mismo; portando en sus manos una especie de fierro, logrando acceder al edificio desde donde sustrae un basurero cargado con especies muebles, especies que luego fueron utilizadas por otras personas para armar barricadas en la vía pública”.

Tribunal consideró atenuante

El juez Reynaldo Oliva, explicó cómo se determinó la pena. "El Tribunal tomó en consideración, en primer lugar, que respecto de los otros hechos que se le imputaban que era desórdenes en la vía pública, no se pudo acreditar la participación del acusado en los hechos que le atribuyó el Ministerio Público y Delegación Presidencial del Biobío. Y sí su participación en el delito de incendio en la Caja de Compensación, como el delito de daños simples en la Seremi", expuso.

"Para llegar a la pena del delito de incendio se tuvo en consideración que el Tribunal reconoció la concurrencia de la agravante de haber actuado con ocasión de un tumulto o conmoción, aprovechándose de esa circunstancia. Además, le reconoció dos atenuantes, la irreprochable conducta anterior; como la de la colaboración sustancial. Toda vez que el acusado reconoció su participación, entregando elementos de suyo importantes para esclarecer los hechos, más allá de la prueba rendida por el Ministerio Público (...) Dada su importancia para el esclarecimiento de los hechos, se le estimó como muy calificada. Conforme a la ley, entonces, permite rebajar en un grado la pena del mínimo, que para este tipo de delito de incendio parte un grado más abajo, que es la de presidio menor en su grado máximo -entre 3 años y un día y 5 años-", explicó el Magistrado.

Disconformidad de Fiscalía

La Fiscalía del Biobío informó que realizará un exhaustivo análisis jurídico a la sentencia dictada por el Tribunal Oral de Concepción. Esto, con la finalidad de identificar eventuales vicios que ameriten la presentación de un recurso de nulidad.

El fiscal Guillermo Henríquez, expresó que el órgano persecutor penal está disconforme con la pena impuesta por los jueces, considerando que la Fiscalía aspiraba a que se sancionara a Gabriel Proboste Orias con 10 años de cárcel.

No obstante, el fiscal explicó que la sola insatisfacción con el quantum expresado en el fallo, no es por sí sola una causal para recurrir de nulidad. La decisión debe tomarse a partir de posibles defectos en la sentencia, que sean detectados en la revisión jurídica que se realizará.

Sin perjuicio de lo anterior, el representante del Ministerio Público resaltó la obtención de un veredicto condenatorio en una investigación compleja y emblemática para la capital de la Región del Biobío, que permitió identificar a uno de los responsables del siniestro que afectó, irremediablemente, a un icónico edificio en los días de convulsión social de octubre de 2019.

"Rescatamos el hecho de la calificación jurídica que le otorgó el Tribunal a la condena, es decir, autor del delito de incendio, más daño y con la agravante que es de conmoción popular. Eso en este sentido nos deja contentos", dijo el persecutor.

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