Apruebo y Rechazo en el Biobío: Servel aceptó 61 organizaciones para financiamiento y propaganda
Fotografía: Contexto

Apruebo y Rechazo en el Biobío: Servel aceptó 61 organizaciones para financiamiento y propaganda


Por Karen Cifuentes | 13 Julio 2022 17:37
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El Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó el listado de organizaciones que fueron aceptadas para participar del financiamiento y Propaganda Electoral del Plebiscito Constitucional. En la Región del Biobío 61 agrupaciones se les aceptó la solicitud y una parlamentaria figura como idependiente.

Diversas Organizaciones de la Sociedad Civil, Partidos Políticos y Parlamentarios Independientes, algunos conocidos y otras no tanto, participarán de este proceso de campaña por la opción del Apruebo o el Rechazo, quienes deberán declarar ante el Servel, todos los contratos que celebren para la utilización de plataformas digitales, información que también deberán declarar en la misma página del ente responsable.

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Hay que destacar que de las agrupaciones inscritas, hay algunas que están registradas como "individual" y otros como "comandos". Las organizaciones que no tiene identidad jurídica presentaron una declaración simple para ser aprobadas.

Apruebo

De las 61 organizaciones, 13 son "comandos", 28 son de la Sociedad Civil que van por la opción del Apruebo y 11 son parte del comando "Movimientos Sociales: Apruebo Nueva Constitución. Mientras que la parlamentaria, Clara Sagardía figura como "independiente" y va por el Apruebo,

Rechazo

En tanto, por la opción del Rechazo, son dos los "comandos" y 34 Organizaciones de la Sociedad Civil que harán campaña para mantener la actual Constitución.

Revisa aquí las organizaciones que fueron aceptadas por el Servel.

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Campañas y sanciones

El director regional del Servel, Juan Toledo, comentó a Sabes.cl que la propaganda electoral se contempla "a partir del 6 de julio que se inicia el periodo de propaganda. Se puede hacer por medio de prensa; de radioemisoras; de brigadistas o activistas en la vía pública y en lugares públicos determinados por el Servicio Electoral. También en espacios privados devidamente autorizados por sus propietarios, en los cuales se puede instalar carteles, afiches o letreros".

Cabe destacar que el periodo de propaganda finaliza el jueves 1 de septiembre a las 23:59 horas y partir de ese momento ya no se puede ejercer algún tipo de publicidad o difusión.

En el caso de faltar a las normas establecidas, Toledo indicó que las infracciones y sanciones "que están contenidas en la norma legal, y en este caso en la que se aplica en la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios, hablamos de un rango de sanciones que van de los 10 UTM hasta 100 UTM"

El director detalló que este tipo de sanciones se deben establecer a través de un proceso sancionatorio, donde se establece el mérito de la infracción y se determina si la multa va en el rango antes señalado.

Asimismo, este proceso sansonatorio se realiza mediante denuncias que pueden ser efectuadas en el Servicio Electoral por medio de fiscalizaciones o través de la denuncia formal de cualquier ciudadano. "Conforme a ese mérito se inicia el proceso, se notifica a los afectados para que presenten antecedentes que permitan establecer la gravedad de la infracción", explicó Toledo.

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