Ordenan prisión preventiva para imputado acusado de robo con violencia e intimidación en Coronel
Fotografía: Contexto | Pexels

Ordenan prisión preventiva para imputado acusado de robo con violencia e intimidación en Coronel


Por Karen Cifuentes | 10 Julio 2022 13:31
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La Corte de Apelaciones de Concepción anuló la resolución que recondujo la medida cautelar de prisión preventiva a peligro de fuga, imponiendo una fianza de $600.000 y el arresto domiciliario total a J.I.S.V., imputado como autor del delito de robo con violencia e intimidación, hecho el cual fue cometido en septiembre de 2020, en la comuna de Coronel.

La Primera Sala del tribunal de alzada acogió el recurso de apelación interpuesto por la fiscalía en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, considerando que la prisión preventiva del acusado es la única medida cautelar que garantiza el imputado es un peligro para la sociedad

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“En relación con el fondo de las alegaciones planteadas, es un hecho indesmentible que el acusado fue formalizado el dos de septiembre del año dos mil veinte, decretándose a su respecto la medida cautelar de privación total de libertad en su domicilio, del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, por estimar que su libertad si bien era un peligro para la seguridad de la sociedad, la necesidad de cautela podía ser satisfecha con la cautelar decretada”, recuerda la sala.

La resolución agrega que, “requerido el imputado para audiencia de preparación de juicio oral, este no comparece y el tribunal decreta orden de detención en su contra para asegurar su comparecencia. Con posterioridad es detenido el imputado, al ser sorprendido incumpliendo la cautelar vigente en esta causa y en cumplimiento de la orden de detención decretada”.

“En la audiencia respectiva –continúa–, la defensa solicitó la sustitución de la prisión preventiva por caución suficiente, estimando como tal la de doscientos mil pesos, a lo cual se opuso el Ministerio Público, por dos órdenes de ideas, la primera por estimar que la prisión preventiva era, dada las características particulares de la investigación y comportamiento del imputado la única cautelar suficiente para satisfacer la necesidad de cautela y, en subsidio en un segundo orden, que de sustituirse la prisión preventiva por una caución esta debía ser de un monto superior”.

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Para el tribunal de alzada “la prisión preventiva del acusado resulta ser la única cautelar suficiente para el cumplimiento de los fines del procedimiento, puesto que el incumplimiento del arresto domiciliario total ha demostrado su insuficiencia, recobrando total vigencia, la consideración ya establecida por el Tribunal en la resolución de dos septiembre de dos mil veinte, en orden a que la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad”.

Por tanto, se resuelve que, “se revoca, la resolución del 7 de julio de 2022, dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva del imputado, por una caución de dinero y en su lugar se resuelve que este queda sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva”.

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