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La Convención Constitucional ya definió las primeras normas aprobadas que estarán en el borrador de la Nueva Constitución. Los artículos pasarán a la Comisión de Armonización.
Este jueves el órgano constituyente votó en particular los artículos aprobados y emanados de la Comisión de Sistemas de Justicia.
Se aprobaron 10 de los 14 artículos que estaban en discusión y además, se definió llamar al capítulo: "Sistemas de Justicia".
Los artículos aprobados de manera íntegra son:
- 13 sobre Principio de Justicia Abierta.
- 14 sobre Paridad y perspectiva de género.
- 6 sobre Tutela jurisdiccional efectiva.
- 10 sobre Gratuidad.
- 16: Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflictos.
Los artículos aprobados, cuyos incisos deben volver a comisión para revisiones:
- 3 sobre la independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad.
- 5 sobre el derecho de acceso a la justicia.
- 11 sobre Principio de responsabilidad jurisdiccional.
- 12 sobre publicidad, probidad y transparencia.
- 5 sobre Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad.
Los artículos rechazados y que deberán volver a la comisión son:
- 1 sobre la Función Jurisdiccional.
- 2 sobre Pluralismo Jurídico.
- 7 sobre Inexcusabilidad e Indelegabilidad.
- 9 sobre Fundamentación y lenguaje claro.
Los artículos aprobados pasarán a la Comisión de Armonización, que debe sugerir fórmulas para que el texto final esté coherente. No obstante, no puede hacer ninguna modificación a los contenidos.
Uno de los incisos que no volverá a la Comisión por no alcanzar la mayoría simple es del artículo sobre "Publicidad, probidad y transparencia".
Establecía que "todas las etapas de procedimientos y resoluciones judiciales son públicas. Excepcionalmente, la ley podrá establecer su reserva o secreto en aquellos casos en que la publicidad pueda significar un peligro grave de afectación a la integridad e intimidad de las personas". Se visó con 72 votos a favor, 46 en contra y 32 abstenciones.
Otro inciso desechado es del artículo sobre imparcialidad, independencia y exclusividad de los jueces. Decía que "las juezas y jueces no podrán participar como candidatas o candidatos en procesos de elección popular, salvo en los casos autorizados por esta Constitución". Contó con 66 votos favorables, 73 rechazos y 3 abstenciones.

