Colo Colo denunciará ante la ANFP al árbitro Francisco Gilabert tras polémica ante Cobresal
La Convención Constitucional vivió este martes una histórica primera jornada de votación en el pleno. Se revisaron 6 artículos del informe de la Comisión de Sistemas de Justicia.
De ese total, se aprobaron 14 en general y deberán pasar a la votación en particular. Los rechazados volverán a comisión para indicaciones.
Entre los artículos aprobados figuran los siguientes:
El artículo 1, correspondiente a la función jurisdiccional. Se aprobó con 107 votos a favor y 41 en contra.
Artículo 2. Pluralismo jurídico, aprobado con 114 votos a favor y 37 en contra. Establece la existencia de más de un sistema judicial, planteando un Sistema Jurídico Indígena. Incluye que entre los distintos sistemas debe haber coordinación y respeto a la libre determinación.
Artículo 3 de Independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad. Fue visado con 113 votos a favor y 37 en contra.
El artículo 5, que habla del Derecho de acceso a la justicia. Se aprobó con 140 votos a favor y 7 en contra.
Artículo 6 sobre Tutela jurisdiccional efectiva. En ella se dice que "todas las personas tienen derecho a requerir de los tribunales de justicia la tutela efectiva de sus derechos e intereses legítimos". Aprobado con 128 votos a favor y 21 en contra.
Artículo 7. Inexcusabilidad e indelegabilidad. Se establece que tribunales y órganos de justicia no podrán excusarse de ejercer su función en un tiempo razonable ni delegar trabajo a otras instituciones. Visado con 114 votos a favor y 36 en contra.
Artículo 9. Fundamentación y lenguaje claro. Se aprobó con 114 votos a favor y 33 en contra.
Artículo 10. Gratuidad. Establece que el acceso a la justicia debe ser gratuito y que la justicia arbitral siempre tiene que ser voluntaria. Aprobado con 141 votos a favor y 2 en contra.
Artículo 11. Principio de responsabilidad jurisdiccional. Se visó con 113 votos a favor y 36 en contra.
Artículo 12. Publicidad, Probidad y Transparencia. Se plantea que procedimientos y resoluciones judiciales deben ser públicas, protegiendo la identidad de menores de edad involucrados. Aprobado con 145 votos a favor y 0 en contra.
Artículo 13. Principio de Justicia Abierta. "La función jurisdiccional se basa en los principios rectores de la Justicia Abierta, que se manifiesta en la transparencia, participación y colaboración". Visado con 128 votos a favor y 22 en contra.
Artículo 14. Paridad y perspectiva de género, aprobado con 115 votos a favor y 24 en contra. Sostiene que dentro de la función jurisdiccional, los principios de paridad y perspectiva de género deberán estar presentes.
Artículo 15. Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad. Aprobado con 114 votos a favor y 37 en contra.
Artículo 16. Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflicto. Señala que "es deber del Estado promover e implementar mecanismos colaborativos de resolución de conflictos". Se visó con 150 votos a favor y 0 en contra.
Los artículos rechazados fueron dos y son los siguientes:
Artículo 4. De la inamovilidad. Rechazado con 89 votos a favor y 62 en contra. Se sostiene que las juezas y jueces son inamovibles, a menos que sean removidos por el Consejo de Justicia o se acabe su periodo al cumplir 70 años.
Artículo 8. Ejecución de las resoluciones. Se rechazó con 88 votos a favor y 63 en contra. Se indica que para ejecutar resoluciones, la justicia podrá "impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública y a toda otra autoridad o persona (...)".
Estos dos últimos artículos del informe de la Comisión de Sistemas de Justicia deberán volver para realizarle modificaciones y así llegar a una segunda instancia de votación.