Entra en vigencia ley que impide rebaja de pena a condenados por delitos sexuales contra menores
Fotografía: Contexto | Pixabay

Entra en vigencia ley que impide rebaja de pena a condenados por delitos sexuales contra menores


Por Maria Ruiz | 10 Febrero 2022 16:32
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Dos leyes que protegen a menores de edad entraron en vigencia. Una es la normativa que impide la rebaja de pena a condenados por delitos sexuales. La otra ley perfecciona el Registro de Ofensores, estableciendo la inhabilidad perpetua para trabajar con niños, niñas y adolescentes.

Ambas leyes fueron publicadas en el Diario Oficial y "se complementan con la ley de imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores, y el proyecto de ley que busca tipificar la explotación sexual comercial infantil", recalcó Robert Contreras, Seremi (s) de Justicia en el Biobío.

Agregó que con estas leyes "fortalecemos el sistema que protege a la infancia, donde ya habíamos avanzado sacado adelante la ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales. Y la implementación de entrevistas videograbadas".

No obstante, Contreras dejó en manifiesto que espera la pronta aprobación del proyecto que tipifica la explotación sexual comercial infantil.

Ley que impide rebaja de condena

La normativa permite evitar que los condenados por delitos sexuales en contra de menores de edad, puedan acceder a los beneficios que les otorga la ley general de rebaja de condena.

Esta establece que las personas que tengan penas de más de un año, y cumplan con ciertos requisitos, pueden optar a rebajar sus penas en 2 meses por cada año de cumplimiento. Y luego en 3 meses por cada año de cárcel, al superar la mitad de la condena.

Ley que perfecciona el Registro de Ofensores

La ley hace perpetua la inhabilidad para trabajar con menores a los condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.

Además, obliga a los fiscales a pedir siempre la inhabilitación absoluta perpetua para trabajar con menores de edad en contra de los imputados. Y a los jueces a imponer este tipo de inhabilitaciones.

También establece que cuando una persona cumple su condena y pide la eliminación de antecedentes, la inhabilidad para trabajar con niños, niñas y adolescentes continuará siendo perpetua.

Por último, se detalla que el proyecto hace obligatorio que todos los años, en el mes de diciembre, el Ministerio de Transportes revise la flota de transportistas escolares. Les da la facultad de cancelar los permisos a quienes incumplan.

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