Circular del Mineduc establece que a estudiantes trans se les debe tratar por su nombre social
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Circular del Mineduc establece que a estudiantes trans se les debe tratar por su nombre social


Por Maria Ruiz | 28 Diciembre 2021 15:52
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La Superintendencia de Educación hizo oficial una circular del Ministerio de Educación. Esta establece que los estudiantes trans, mayores de 14 años, pueden solicitar el respeto de manera autónoma a su identidad de género.

En concreto, es la sustitución que se hizo a la Circular 768 sobre los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) trans. Se reemplazó por la Resolución 812 del 21 de diciembre del 2021.

Otra de las modificaciones son los principios de la integración y la inclusión. Estas lo que hacen es buscar eliminar las "formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes".

A ello se suma que se incorporan principios de la ley de identidad de género como la no patologización, la confidencialidad, la dignidad en el trato. Y la autonomía progresiva del menor de edad.

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También se agrega como derecho del NNA el "reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual".

Asimismo, se establece que deben ser tratados verbalmente por su nombre social "siempre y sin excepción", así como utilizar uniforme y baños acordes a su género.

Por su parte, la vocera del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Daniela Andrade, dijo que "la actualización era una tarea pendiente del Estado".

Lo anterior, ya que "la circular 768 era previa a la la ley de identidad de género". Esto "permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados".

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