Abogado de residente que cerró acceso a Laguna Grande afirmó que ley lo ampara para restringir ingresos
Fotografía: Captura de video

Abogado de residente que cerró acceso a Laguna Grande afirmó que ley lo ampara para restringir ingresos


Por Antonio González | 17 Noviembre 2021 18:15
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Sigue la controversia en San Pedro de la Paz por el cierre de uno de los accesos peatonales a la Laguna Grande en el sector La Puntilla de Andalué. Con un cerco metálico se impide el paso hasta el cuerpo de agua. Ante la denuncia, la Seremi de Bienes Nacionales de la Región del Biobío inició un proceso para permitir el ingreso de las personas.

Sin embargo, el abogado del dueño que cerró el área expuso que la ley los ampara. Además, por medio de un video, explicó que bastantes otras variantes motivaron a su representado a restringir el ingreso al lugar. Entre ellas se encontrarían: sector no se acoge a la ley de copropiedad, por lo que no existe un reglamento; resguardo a la vida de quienes concurren al lugar para beber alcohol y que precipitan a la laguna; seguridad para las personas, al no exponerlas a un muelle en mal estado; seguridad para dependencias de residentes, porque cuentan con registros de cámaras que muestran invasión no autorizada al sector del jacuzzi; cuidado del medioambiente, producto de basura e incluso desechos humanos que dejan visitantes; además de la prevención de eventuales incendios forestales.

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Mario Medina, abogado del dueño, explicó que "se trata de un sector privado. Este lote deslinda con la laguna, con el cuerpo de agua, y por el mismo lugar no existe una playa conceptualmente. No existe una playa por la cual se le pueda pretender dar el carácter de Bien Nacional de Uso Público. Los deslindes en los títulos de dominio demarcan claramente que el deslinde es la laguna, o sea, el terreno llega hasta la orilla, luego de allí no existe playa".

Asimismo, el jurista sostuvo que el cierre del perímetro no solo es un derecho del propietario, sino que también es una obligación, "toda vez que es la ley la que le exige al propietario cercar para evitar problemas o evitar algún tipo de ingreso ilegal, que es lo que ha ocurrido hasta el momento", dijo.

"También es importante señalar que conforme al artículo 13 del DL 1939, se indica que los propietarios de los terrenos colindantes con playa de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a estos para fines turísticos o de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto. Justamente esta última condición se da. Existen vías para acceder a estos sectores y como existen caminos públicos también, entonces no hay una obligación", complementó Medina.

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