Justicia rechaza demanda de empresa forestal y reconoce propiedad ancestral de comunidad mapuche en predio de Cañete
Fotografía: Contexto

Justicia rechaza demanda de empresa forestal y reconoce propiedad ancestral de comunidad mapuche en predio de Cañete


Por Antonio González | 29 Octubre 2021 18:29
COMPARTIR

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la demanda de reivindicación presentada por Forestal Mininco S.A., en contra de la sentencia del Juzgado de Letras de Cañete que reconoció la propiedad de la comunidad Rucañirre de un predio ubicado en la comuna cañetina.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada penquista, integrada por Carola Rivas Vargas, Juan Ángel Muñoz López y el abogado (i) Mauricio Ortiz Solorza, privilegió la inscripción de dominio de la propiedad, en 1897, que posee la comunidad, por sobre el título de 1967 del demandante, conseguido tras un proceso de expropiación.

“Que, si bien los demandados no contestaron la demanda y el comparendo respectivo se llevó a cabo en su rebeldía, posteriormente se apersonaron en el juicio y ofrecieron medios de prueba, entre los cuales se encuentra documental que el tribunal de primer grado tuvo por acompañada mediante resolución de 6 de junio de 2017, entre la que se halla copia autorizada de inscripción de dominio, del Fundo Rucañirre, inscrita a fojas 29 vuelta Nº 65 del Registro de Propiedad del año 1897 del Conservador de Bienes Raíces de Cañete y que se encuentra en el Archivo Nacional de Chile, la que posteriormente fue reiterada mediante Oficio remitido por la Conservadora del Archivo Nacional, respondiendo a una solicitud del tribunal, que adjuntó copia del original de la inscripción que existe a fojas 29 vuelta Nº 65 del Registro de Propiedad del año 1897 del Conservador de Bienes Raíces de Cañete”, consigna el fallo.

Lee también: Fiscalía solicita 12 años de cárcel para infante de marina acusado de homicidio de "El Polera" en Talcahuano

Asimismo, se consideraron en la especie peritajes topográficos, que fueron parte del informe jurídico, técnico y socioeconómico emitido por la Corporación Nacional Indígena (Conadi).

“Tal informe fue agregado a los autos mediante resolución de 7 de mayo de 2018, recibiéndose su complemento mediante proveído del 5 de julio del mismo año; en el informe, tras una lata exposición de las alegaciones de la demandante, de las actuaciones procesales realizadas y una referencia a la normativa que se estima aplicable, se indicó que los demandados forman parte de una comunidad indígena de la etnia Mapuche, formalmente constituida y se sugirió, como medida para mejor resolver, la práctica de una inspección personal del tribunal y se decrete un peritaje antropológico, ‘a fin de que se comprueben las condiciones del terreno sub-lite, ya que, es el único componente integral de la comunidad, constituyendo su propiedad una relación íntegra que otorga seguridad y certeza a cada uno de los integrantes de la comunidad indígena Rucañirre’”, añade el líbelo.

Así las cosas el tribunal de alzada confirmó la "sentencia definitiva dictada por la jueza titular del Juzgado de Letras de Cañete", de fecha 16 de abril de 2019, complementada el 23 de mayo del mismo año y el 30 de diciembre de 2020.

Al respecto, la ministra Carola Rivas expuso que la Corte de Apelaciones de Concepción "rechazó la demanda de reivindicación deducida por Forestal Mininco en contra de la comunidad Rucañirre y sus integrantes. En primer término ha reconocido la validez y vigencia de la inscripción de dominio del año 1897, del Conservador de Bienes Raíces de Cañete, que declara el dominio sobre el predio para un grupo de indígenas de apellido Lepillán".

"Asimismo, las pericias antropológicas, que se rindió en esta causa, concluyó que los actuales ocupantes del predio y demandados en esta causa son la comunidad Rucañirre, compuesta por 30 personas unidas por el parentesco de la familia Lepillán y han hecho un uso histórico del terreno reclamado, pese a los conflictos y disputas por la tierra con colonos y con las empresas forestales", agregó Rivas.

Sabes.cl contactó a la empresa que interpuso la acción judicial, pero declinaron referirse a este tema.

Reacción del Gobernador Regional respecto al caso

Consultado el gobernador regional del Biobío, Rodrigo Díaz, respecto a este fallo de la Justicia, indicó que "si hay una sentencia judicial, lo que corresponde es aplicar los resultados. No sé contra qué empresa habrá sido estipulado, pero si la Justicia ha resuelto, eso se tiene que materializar. Me encantaría que los procesos judiciales fueran más rápidos que lo que ocurren, como también me gustaría que muchas acciones que pasan por la burocracia estatal, también fueran más raídas en el poder Ejecutivo y en el poder Legislativo".

"Buscar reivindicaciones por vía de los tribunales, existiendo acreditación de título de dominio, me parece que es una alternativa muy válida dentro de la democracia. Como también existen otras, como por ejemplo, la negociación directa. Me parece muy válido que esa comunidad haya hecho valer a través de vía judicial sus reclamos y que se haya acreditado su propiedad", concluyó la autoridad.

ETIQUETAS: