Gobierno oficia a Contraloría para dilucidar pago de sueldo a Rojas Vade
La Secretaría General de la Presidencial (Segpres) solicitó un requerimiento a Contraloría en relación al sueldo del constituyente Rodrigo Rojas Vade.
Recordemos que Rojas Vade anunció su salida del órgano tras la polémica que desató luego de revelar que nunca tuvo cáncer.
En ese entonces, no estaba establecido un mecanismo en caso de que un constituyente dejara sus funciones. Por lo tanto, sigue recibiendo su sueldo de $2.500.000.
Solicitan terminar con el sueldo de Rojas Vade
La cartera solicita un "pronunciamiento jurídico en materia de recursos públicos que gestiona el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, destinados al pago del convencional constituyente Sr. Rodrigo Rojas Vade".
Asimismo, el documento recalca que "la Convención Constitucional no forma parte de los órganos de la administración del Estado, y que el organismo contralor a la fecha se ha abstenido de intervenir respecto de sus actuaciones. Sin embargo, el presupuesto de la Convención Constitucional se encuentra asignado a la gestión de esa Secretaría de Estado".
"Como es de público conocimiento, el señor Rodrigo Rojas Vade, con fecha 20 de septiembre de 2021, anunció su renuncia al cargo de Convencional Constituyente, dejando de ejercer todas las funciones propias de dicho cargo, situación que no se enmarca en las hipótesis de cesación del cargo de convencional constituyente que nuestra Constitución de la República contempla", añade.
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En esta línea, indica que "este Ministerio, como entidad ejecutora de los recursos públicos destinados a la convención Constitucionales se encuentra frente a un aparente vacío normativo al momento de realizar el pago de la retribución que establece la Carta Magna, por cuando don Rojas Vade, formalmente continúa ostentando el cargo de Convencional Constituyente, sin perjuicio de no ejercer las funciones que la Constitución Política de la República encomienda a dicho cargo".
"Por lo antes expuesto, se requiere al Órgano de Control precisar el tenor del artículo 134 de la Carta Fundamental, respecto de la procedencia de la retribución que allí se indica", agrega.