Todo lo que debes saber sobre los convencionales constituyentes
Fotografía: Sabes.cl.

Todo lo que debes saber sobre los convencionales constituyentes


Por Belen Carrasco | 16 Mayo 2021 19:44
COMPARTIR

Este 15 y 16 de mayo, son millones los chilenos que están ejerciendo su derecho a voto y dentro de los candidatos a elegir, se encuentran los convencionales constituyentes. Ellos serán los encargados de redactar una nueva constitución para nuestro país.

Para este proceso, hay una serie de lineamientos mínimos y plazos establecidos, así como sueldos, requisitos y la sede donde se realizarán las sesiones.

Son 155 los constituyentes a elegir, y la Ley que regula este proceso es la 21.200. Esta norma, incorpora a dicho título los artículos 130 y siguientes, hasta el 143.

Respecto al proceso que viene luego de elegido nuestros representantes,

En su primera sesión, la CC deberá elegir a un presidente o presidenta, así como también a una persona para el cargo de vicepresidente, definido por elección y cuyo triunfo depende de una mayoría absoluta.

"La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio". Este inciso, es el que ha generado más controversia. Sobre todo cuando el siguiente inciso afirma que "la Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos".

Te puede interesar: Vocales de mesa debieron contar votos con linternas en Valparaíso

Además, a este se suman dos que obligan a la creación de una secretaría técnica. "Conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional". También menciona que es labor del gobierno entregar el apoyo técnico, administrativo y financiero que requiera la CC.

En relación al pago que recibirán por esta labor, será de 50 UTM, aproximadamente unos $2,5 millones mensuales. Dentro de sus funciones estará, la realización de sesiones en el Palacio Pereira, ubicado en la comuna de Santiago. Donde se debatirá en un plazo de 9 meses, el nuevo articulado de la constitución.

Una vez terminado este proceso, se disolverá la CC y el presidente de la República deberá convocar un plebiscito nacional en el que se apruebe o rechace la nueva carta magna.

https://www.facebook.com/watch/?v=898111007402885

Para esta y otras informaciones, únete gratis a nuestro canal de Telegram haciendo click aquí.

ETIQUETAS: