Cámara Baja aprobó proyecto que regula la eutanasia en Chile
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Cámara Baja aprobó proyecto que regula la eutanasia en Chile


Por Antonio González | 20 Abril 2021 15:34
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La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el proyecto de ley de "muerte digna y cuidados paliativos", que permite la eutanasia en Chile.

El proyecto tiene dos objetivos:

-Regular la asistencia médica para morir, en el que la administración de la sustancia debe realizarla un profesional de la salud, siempre indicada por orden y supervisión médica, siempre que la persona lo haya solicitado.

-La prescripción y dispensación por parte de un médico de una sustancia a una persona que lo haya requerido, de manera que ésta se la pueda auto administrar causando su propia muerte, siempre bajo supervisión médica al momento de dicha administración.

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Entre los elementos que fueron descartados en la votación está la "dolencia psíquica" como causal para optar a la muerte. De acuerdo a la descripción en el proyecto, se trataría de una "enfermedad que ocasiona sufrimientos físicos o psíquicos persistentes e intolerables".

https://twitter.com/Camara_cl/status/1384577495467450370

En tanto, entre los elementos que fueron aprobados en la votación en particular se cuentan:

  • Extender Cuidados paliativos a pacientes no oncológicos.
  • Obligación del Minsal de dictar un Procedimiento para la eutanasia.
  • Residencia mínima de 12 meses para extranjeros que quieran optar.
  • Que sean sólo pacientes mayores de edad.
  • Manifestar voluntad de manera anticipada.
  • Añade obligación del médico a manifestar por escrito el convencimiento del diagnóstico de una enfermedad grave e irremediable.
  • En todo momento, incluso un instante siquiera antes de la causación de la muerte, tendrá derecho el paciente a desistir de su solicitud por cualquier medio, incluyendo el lenguaje kinésico o gesticular.
  • Obligación del objetor de informar de inmediato al director del establecimiento de salud que la persona requirente debe ser derivada.
  • Obligaciones de instituciones con un ethos (querer ser) corporativo antieutanásico.
  • Prohibición para instituciones que tengan ethos (querer ser) corporativo antieutanásico de sanción o despido a quienes practiquen o hayan practicado eutanasia en otros recintos.
  • Prohibido publicitar la eutanasia.
  • Voluntad anticipada en un testamento abierto.
  • Podrá dejarse constancia en la cédula nacional de identidad la existencia y vigencia de la voluntad manifestada anticipadamente.

Reglamento Minsal

En el debate se acordó a través de un artículo transitorio que el reglamento para la aplicación de la eutanasia debiera ser dictada por el Ministerio de Salud en el plazo de tres meses de aplicada esta ley.

El paciente debe padecer una enfermedad grave e irremediable. Se entiende que un paciente sufre una enfermedad grave e irremediable cuando ha sido diagnosticado de una enfermedad terminal o cuando cumple alguna de estas condiciones:

a) Tiene una enfermedad o dolencia seria e incurable.

b) Su situación médica se caracteriza por una disminución avanzada e irreversible de sus capacidades.

c) Enfermedad terminal

https://twitter.com/bancadaPSchile/status/1384580027342327810

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