Corte penquista rechaza beneficio de libertad condicional al último condenado a pena de muerte en Chile
Fotografía: Referencial | Pexels

Corte penquista rechaza beneficio de libertad condicional al último condenado a pena de muerte en Chile


Por Maria Ruiz | 17 Abril 2021 17:03
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La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Concepción dio por finalizada su primera sesión del año, en la que aprobó 61 de las 218 solicitudes que presentaron los internos de los centros penitenciarios de Concepción, Biobío y Arauco, cifra que equivale al 28%.

Uno de los que postuló fue Carlos Silva Valenzuela, condenado por violación con homicidio de un menor de edad, hecho que ocurrió en Coelemu en 1998, quien además es el último condenado a muerte en Chile.

En relación a ello, el rechazo de la comisión fue unánime. “Se tuvo especialmente en cuenta que según la información proporcionada en los informes de Gendarmería había una alta probabilidad que el interno en el régimen de medio libro no adhiriera a un programa de intervención", añadió la ministra de la Corte penquista, Nancy Bluck.

"Lo que es indispensable porque hay riesgos de reincidencia en varias áreas, por ejemplo, en manejo de la ira, en autocontrol, en resolución de conflictos”, puntualizó.

Además, agregó que “en los informes se estableció que, pese al tiempo que lleva recluido, no identifica los factores de riesgo de su comportamiento y que, además, casi no tiene apoyo familiar, por lo que la unión de todos esos elementos hizo considerar a la comisión que el riesgo de reincidencia era muy alto”.

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La comisión se encarga de revisar las postulaciones al beneficio de libertad condicional

El trabajo de la comisión está regido por el Decreto Ley N° 321, que se modificó por la ley 21.124 y que entró en vigencia el 18 de enero de 2019.

Los requisitos que se pide para postular al beneficio de la libertad condicional consisten en haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves.

Además de presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería.

El principal cambio al trabajo de la comisión este semestre es el que se produjo el pasado 17 de septiembre con la entrada en vigencia del reglamento del Decreto Ley N°321.

Este reglamento determina que estos órganos deben detallar fundadamente en sus informes si los postulantes cumplen o no con cada uno de los requisitos y además, deben prestar especial consideración a la posible resocialización desglosada en los informes psicosociales.

“Estoy muy satisfecha con el trabajo de la comisión. Los magistrados que me han acompañado han hecho un trabajo muy serio, muy profundo, muy acucioso. De tal manera, creo que pese a que es un trabajo arduo, el cumplimiento en cuanto a la que la ley nos mandata resulta ampliamente satisfactorio”, concluyó la ministra Bluck.

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