La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió acoger un recurso de protección que presentó la corporación Comunidad y Justicia. Esto debido a las medidas que impuso el Ministerio de Salud para prohibir los cultos religiosos presenciales, con el objetivo de frenar el aumento de contagios de Covid-19.
Esta resolución permitirá que se realicen misas y otros tipos de ceremonias religiosas, incluso cuando las comunas estén en cuarentena. Sin embargo, deben respetar los aforos permitidos por la autoridad sanitaria.
La decisión fue de forma unánime y se basaron en el artículo de la Constitución que consagra el derecho de libertad de culto.
La acción de Comunidad y Justicia fue presentada contra el ministro de Salud, Enrique Paris, por el “acto ilegal y arbitrario de extender la prohibición de celebrar eventos con público, aplicable a las comunas en cuarentena y, los fines de semana y festivos en comunas en transición, a las misas y demás cultos religiosos”.
La corporación planteaba que, pese a que el Minsal pueda restringir algunos derechos, “ello no autoriza a suspender o afectarlos en su esencia. Como en los hechos ocurre al impedir a los católicos asistir a la misa (…) lo cual vulnera su derecho al libre ejercicio del culto, garantizado en la Constitución”.
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Ariela Ramírez
Periodista titulada de la Universidad Católica de la Santísima Concepción, con experiencia en redes sociales.
Interesada en la industria del espectáculo nacional e internacional.