Histórico: Justicia reconoció relación laboral entre repartidor penquista y aplicación PedidosYa
El Juzgado del Trabajo de Concepción, emitió por primera vez en Chile, un fallo que reconoce la existencia de un vínculo laboral entre un repartidor de aplicación y la empresa. Se trata de la causa que ganó el “rider” Álvaro Arredondo contra la empresa “PedidosYa”, por despido injustificado.
Cabe recordar que en mayo, el trabajador de reparto que demandó a la empresa por despido injustificado. Solicitó a la justicia que se decretara la existencia de una relación laboral, para el pago de indemnizaciones y otros.
La sentencia, dictada por la jueza Ángela Hernández Gutiérrez, señala que “la relación laboral nace a la vida jurídica cuando se reúnen los elementos que la configuran, independientemente de la calificación que puedan darle una o ambas partes”.
En ese sentido se indicó que “el demandante prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, al estar sujeto a órdenes e instrucciones, ser supervigilado en sus labores, percibiendo las sumas de rigor por sus servicios, finalmente, con una frecuencia semanal previa liquidación efectuada por la recaudadora. El actor finalmente debía someterse a la modalidad de trabajo impuesta por la empresa demandada”.
También se añadió que “el actor tampoco tiene libertad sobre cómo realiza su función, pues está condicionado a los pasos que le otorga la demandada y siempre está siendo calificado a fin de comprobar si cumple su cometido conforme a las instrucciones de la demandada, siendo castigado si no lo hace, con una baja calificación que termina incidiendo en sus remuneraciones”.
"Fallo histórico"
Respecto a esta determinación judicial, Fernando Gallardo, vocero de la Agrupación Repartidores Penquistas, señaló “es un fallo categórico, histórico para Chile, para todos los trabajadores de aplicaciones de Sudamérica y el mundo”.
Agregó que “somos trabajadores, no somos independientes, no es una relación entre iguales, como bien lo determinó la jueza del trabajo de Concepción. Ésto declara que hay un encubrimiento de la relación laboral por medio de un contrato de naturaleza civil, debido a los manifiestos indicios de subordinación y dependencia y a la ajenidad misma del servicio, como que ellos deciden el cobro y cómo se realiza, deciden el lugar y horario de trabajo; con el abismante control y evaluación permanente nos obligan a trabajar de forma permanente y continua, este control es constante realizado de forma milimétrica a través del GPS”.
Por su parte, Pablo Zenteno, abogado de la Fundación Instituto de Estudios Laborales (FIEL), indicó que “nuevamente en nuestro país los Tribunales son los que vienen a poner las cosas en su lugar y, en ese sentido, declarar que aquí hay existencia de una relación laboral porque hay subordinación y dependencia, muchas formas en que aquello se manifiesta”.
Versión de “PedidosYa”
Desde la empresa se indicó “que PedidosYa fue notificado de este fallo, resuelto en primera instancia, el cual será apelado por no ser del todo aclaratorio”. Se añadió que "PedidosYa ha apostado por el dialogo constructivo con las autoridades, con el objetivo de continuar impulsando el desarrollo del ecosistema y seguir creando oportunidades para comercios, repartidores y consumidores”.
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