Trabajadores que mantienen sistema ferroviario de Santiago a Concepción completan cuarto día en huelga
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Trabajadores que mantienen sistema ferroviario de Santiago a Concepción completan cuarto día en huelga


Por Cristofer Espinoza | 14 Agosto 2020 00:40
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El sindicato de trabajadores de la empresa Sistemas Sec, a cargo de la mantención ferroviaria desde Santiago a Concepción completan el cuarto día de huelga legal.

Su labor es vital, por ejemplo, para evitar riesgos en los cruces regulados por donde pasa el tren.

Son 170 trabajadores en total que no llegaron a acuerdo en el proceso de negociación.

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Neftalí Ulloa, tesorero del sindicato Sistemas Sec, explicó que “estamos parados desde el 11 de agosto, y hacemos el mantenimiento ferroviario desde Alameda hasta Concepción, vemos la parte de señalización, comunicaciones y fibra óptica”.

“Estamos pidiendo el 0,6% del monto de ganancias netas que ha tenido Sistemas Sec a lo largo de dos años, que fue la última negociación, ellos han crecido un 134%. La última vez los accionistas se llevaron más de 9 mil millones para el extranjero”, agregó.

Precisamente el dirigente viajó desde Talca para interponer una denuncia en el Inspección del Trabajo.

Esto debido a que el servicio que ellos entregan está siendo ejecutado por otra empresa, a su juicio, violando la disposición legal que lo impide.

Al respecto, Ulloa indicó que “queremos hacer un especial llamado a la ciudadanía que utiliza normalmente los pasos a nivel, como las barreras, que tengan mucho cuidado al atravesar para no producir accidentes graves”.

En el caso de Concepción son alrededor de 25 operarios que optaron por adherir a la huelga.

Versión de EFE

Consultado EFE, a través de un comunicado señaló que “los servicios no se han visto afectados. Actualmente los trenes se encuentran operando con normalidad”.

Sobre el reemplazo, expuso, “la empresa ha actuado en conformidad a lo establecido en el inciso final del Artículo 306 del código del trabajo, que establece que la negociación colectiva de una empresa contratista, no afecta nuestras facultades de administración y nos faculta para ejecutar por terceros el servicio subcontratado”.

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