Cámara del Senado aprobó Ley Corta que permite retener pago del 10% por pensión alimenticia
Este miércoles y por una unanimidad, la Cámara del Senado despachó la Ley Corta que permite retener el pago del 10% a las personas que deban pensiones alimenticias.
Con 150 votos a favor, la Cámara Alta entregó esta reforma que provocará que el juez en un breve plazo debe resolver y notificar a las AFP en un máximo de 48 para resguardar los fondos. Las administradoras serán las encargadas de comunicar a sus afiliados los dineros retenidos.
Apenas presentada la solicitud por parte del alimentario, el juez deberá resolver en el más breve plazo, y notificar a las AFP en un máximo 48 horas, ordenando resguardar los fondos. Luego, las compañías serán las encargadas de comunicar a su afiliado que los dineros se encuentran retenidos.
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Además, la iniciativa permite que si la persona realizó una solicitud de retención y no sabe que la AFP, el tribunal debe notificar a la empresa para entregar la medida cautelar.
Así mismo, el proyecto de Ley Corta permite que los jueces de familia puedan proceder de oficio y retener aquellas causas estén con deudas ya liquidadas.
Finalmente, la ley establece que los Tribunales de Familia deberán, periódicamente, remitir a las AFPs una nómina de deudores de pensiones alimenticias, con detalles de los montos que deben.
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