El Poder Judicial confirmó que desde hoy, lunes 3 de agosto, ya se puede solicitar la retención y liquidación judicial del bono clase media a los deudores de alimentos. Esto último, tal como se puede hacer con el 10% de los fondos de las AFP.
El formulario ya está disponible como trámite fácil bajo el nombre "Retención del aporte a la clase media (leyes 21.242 y 21.252) y liquidación”. Debe ser ingresado a la causa donde aparecen los alimentos vigentes. Si el o la solicitante no tienen una clave, deben crearla ingresando a "Mis Datos".
Tras finalizar dicho trámite, el sitio arrojará el formulario, el certificado de envío y un código de verificación. Los documentos también pueden ser enviados a un correo electrónico si el usuario así lo prefiere.
Quienes opten por no utilizar el trámite fácil pueden realizar la solicitud mediante otro tipo de escrito en la Oficina Judicial Virtual, denominado "Solicita retención y liquidación Leyes 21.242-21.252".
Si el usuario que lo requiere ya realizó el trámite para retener el 10% del ahorro previsional deberá ingresar una nueva petición. En ambos casos puede revisar el estado de la causa en el apartado "Mis Causas" de la Oficina Judicial Virtual.
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